Javier Milei cerró cinco registros del automotor en Neuquén: ¿Dónde están?
Están dentro del paquete de los 136 que se dieron de baja en todo el país. La resolución fue firmada por el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
El gobierno de Javier Milei concretó el cierre de 136 registros del automotor a través de la Resolución 209/2024, firmada por el ministro Mariano Cúneo Libarona, que fue publicada en el Boletín Oficial este miércoles. Cinco registros dados de baja son de Neuquén.
Las funciones de los registros del automotor cerrados serán asumidas por otros registros de la zona, explicó la cartera de Justicia en el texto, que establece además la marcha atrás en la apertura de nuevas dependencias. Incluso los que estaban creados sin haber entrado en funcionamiento.
El gobierno nacional, había confirmado en mayo la baja de al menos el 40% de los registros del automotor en todo el país, y Neuquén cayó en la ola de cierres, que se concretaron oficialmente.
Nación había priorizado a los registros del automotor que llevaban hasta dos años intervenidos, en una primera etapa.
Registros del Automotor: uno por uno, cuáles son
En el anexo I de la Resolución 209/2024 quedó listada la eliminación de cinco registros de tres localidades neuquinas: San Martín de los Andes, Zapala y Cutral Co.
– Registro Seccional de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en Motovehículos de San Martín de los Andes Letra “A” (39002).
– Registro Seccional de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva sobre Maquinaria Agrícola, Vial o Industrial y de Créditos Prendarios de San Martín de los Andes (65002).
– Registro Seccional de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en Motovehículos de Zapala Letra “A” (39003).
– Registro Seccional de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva sobre Maquinaria Agrícola, Vial o Industrial y de Créditos Prendarios de Zapala (65003).
– Registro Seccional de la Propiedad del Automotor con Competencia Exclusiva en Motovehículos de Cutral Co Letra “A” (39005).
Javier Milei: facultades para hacer y deshacer
En la resolución que oficializa los cierres, la cartera de Cúneo Libarona reivindicó las facultades que tiene el gobierno para proponer la creación, modificación, unificación o supresión de Registros Seccionales, otorgados por un decreto.
Además, dejó sentado que corroboró la existencia de otras oficinas para mudar los trámites radicados en las que fueron cerradas. Documentó "qué Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor, cualquiera fuera su actual competencia en razón de la materia, podrían ser competentes para la inscripción de trámites registrales referidos a automotores, Motovehículos, maquinaria agrícola, vial o industrial, y prendas con registro y leasing sobre bienes muebles no registrables, dentro de una misma jurisdicción territorial".
Y siguió con la argumantación: "(Lo anterior) halla asidero, por otra parte, en las previsiones contenidas en el artículo 5º del Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley N° 6582/58 -ratificado por Ley N° 14.467-, t.o. Decreto N° 1114/97, y sus modificatorias), que establece la definición de automotores, la que incluye la totalidad de los vehículos cuya registración compete a Registros específicos en función de la materia, no existiendo en la actualidad razones que motiven el mantenimiento de esas diferencias".
Remarcó que "dicha requisitoria persigue el objetivo trazado por esta cartera Ministerial, tendiente a promover el cierre de Registros Seccionales que se encuentran intervenidos, con la consecuente eliminación de esos cargos que hoy se hallan vacantes en pos del cumplimiento de los objetivos que se desprenden de las modificaciones introducidas en el Régimen Jurídico del Automotor por el Decreto Nº DNU-2023-70-APN-PTE".
Otos detalles de la resolución
Y luego dejó expresadas sus consideraciones sobre el status del interventor en el sistema de los registros, que es un formato extendido en la administración de los mismos. Según el gobierno, en muchos casos los interventores son los titulares de otro registro de la misma zona.
"La intervención de un Registro Seccional resulta un remedio extraordinario, razón por la cual la designación como Interventor posee carácter transitorio y precario en su función", afirmó.
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