Está sospechada de maltrato laboral y el gremio viene impulsando el apartamiento. Una comisión había archivado la causa, sin pruebas firmes. La última decisión.
El Jurado de Enjuiciamiento de Neuquén declaró este lunes la nulidad del dictamen de la Comisión Especial que había declarado inadmisible la denuncia contra la jueza de Familia de Junín de los Andes, Andrea Di Prinzio Valsagna, sospechada de ejercer maltrato laboral sistemático contra empleados, funcionarios y abogados de su juzgado.
El expediente vuelve ahora a esa Comisión, pero con una integración completamente renovada, y con un plazo de 30 días corridos para producir la información sumaria y emitir un nuevo dictamen conforme a derecho.
La decisión fue unánime. Los tres vocales del Tribunal Superior de Justicia —Gustavo Mazieres, Roberto Busamia y Alfredo Elosu Larumbe— junto a los diputados y las abogadas designadas por la Legislatura (los diputados Ludmila Gaitán y Matías Martínez, las abogadas Stella Maris Petri y Cintia Cid) coincidieron en que la Comisión Especial nunca realizó la información sumaria que la ley le exige, cerró sus actuaciones 13 días antes de que venciera el plazo legal y emitió un dictamen sin sustento probatorio.
El presidente del Jurado, el juez Mazieres, dijo que la Comisión admitió que necesitaba investigar para precisar los hechos, pero no produjo ninguna diligencia útil.
Además, analizó una cuestión ajena al objeto del expediente —el supuesto trato preferencial a ciertos abogados— ignorando el núcleo de la denuncia que es un patrón documentado de gritos, humillaciones públicas y hostigamiento que desde 2015 habría generado licencias psicológicas, pedidos de traslado masivos y cuadros de angustia entre el personal del juzgado. De todas maneras, aún más allá de los testimonio, es complejo acretidar los hechos cómo se relataron.
En tanto que Busamia sumó un dato de peso institucional porque si bien el Tribunal Superior de Justicia solo puede imponer apercibimientos, el Jurado tiene facultades para sancionar con suspensión de hasta 60 días o incluso la remoción. Esa diferencia fue precisamente la razón por la que el TSJ derivó las actuaciones al Jurado, al estimar que los hechos denunciados podrían exceder una simple corrección administrativa.
¿Una interna que quedó expuesta?
La resolución deja al descubierto cierto ambiente tenso institucional. El Jurado en pleno le señaló a la Comisión Especial que su actuación fue “meramente aparente”, contradictoria e injustificada.
Busamia calificó de “extraño trámite burocrático” la propuesta de devolver todo al TSJ para reconvertir el sumario administrativo, considerándola una indebida delegación de funciones sin respaldo legal.
El hecho de que la nueva Comisión deba integrarse con personas distintas a las que actuaron confirma que la ruptura no es solo procedimental.
La Comisión Especial del Jurado de Enjuiciamiento, integrada por Soledad Gennari, el diputado Ernesto Novoa, Manuel Fuertes (es el secretario) y Cristina Maset, habría dictaminado la inadmisibilidad del juicio político.
El Jurado, en la práctica, descalificó por completo el trabajo del órgano que debía habilitar o cerrar el camino al jury de la magistrada.
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