Lo que nunca hacer al transferir dinero para evitar problemas en enero de 2026
Aquí te detallamos todo lo que tenés que saber a la hora de transferir dinero para no tener problemas con la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) en enero de 2026.
Recientemente, la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) decidió aumentar los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales deben informar sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes. Aquí te contamos lo que nunca hay que hacer al transferir dinero para no tener problemas con el organismo tributario en enero de 2026.
Cabe resaltar que, en relación a lo mencionado en el párrafo precedente, la ARCA especificó que la medida responde a una actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024.
Transferir dinero en enero 2026
En enero de 2026, para no tener problemas a la hora de transferir dinero es preciso atender a las siguientes pautas:
- Saber respaldar el origen del dinero.
- No ignorar los requerimientos de bancos o billeteras virtuales.
- No realizar operaciones que exceden los montos establecidos.
- No superar los topes sin una justificación válida.
En relación al primero de los ítems mencionados, es clave conservar aquellos comprobantes que acrediten cada movimiento, incluso cuando se trata de transferencias entre cuentas propias. Si los ingresos no están declarados, la ARCA y las entidades financieras podrían exigir información que explique las operaciones.
Asimismo, cuando un banco o una billetera virtual solicita justificar el origen de los fondos, es obligatorio responder dentro de los plazos establecidos y presentar la documentación correspondiente. Si así no fuera, la operación puede ser reportada como sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Respecto de no realizar operaciones que exceden los montos establecidos, cabe recordar que la ARCA fijó montos máximos o umbrales a partir de los cuales las billeteras virtuales se encuentran obligadas a informar el detalle de las operaciones al organismo tributario. En el caso de transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales, el umbral es de $50.000.000 para personas físicas y de $30.000.000 para personas jurídicas. Asimismo, puntualizó los importes máximos en saldos en billeteras virtuales al último día del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. El tope anterior era de $1.000.000.
Asimismo, detalló otros ítems a considerar:
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 tanto para personas físicas como jurídicas. Previamente, se informaban desde cualquier monto.
- Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
Es oportuno resaltar que realizar transferencias por montos superiores a los permitidos sin documentación respaldatoria puede dar lugar a controles adicionales o inspecciones.
La ARCA también precisó qué información deberán suministrar las entidades financieras para el caso de que los usuarios excedan los límites señalados precedentemente:
- La nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, indicando, entre otros datos:
- Tipo y número de cuenta.
- CVU.
- Cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.
En el caso de una revisión o investigación, la ARCA puede solicitar la siguiente documentación:
- Facturas por compra o venta de bienes o servicios.
- Contratos o escrituras por venta de inmuebles, autos o acciones.
- Recibos de sueldo, comprobantes de haberes o pagos previsionales.
- Facturación de actividad reciente (en caso de monotributistas o autónomos).
- Constancia de inscripción en la ARCA.
- Certificación del origen de fondos firmada por un contador público.
Cabe recordar que, con estos montos máximos establecidos, la ARCA no persigue sancionar al pequeño ahorrista, sino prevenir maniobras de lavado de dinero y operaciones fuera del sistema formal. Por ello es que conocer los límites resulta clave para evitar bloqueos en las cuentas de las billeteras virtuales o bien pedidos de justificación de fondos.
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