Los trabajadores del sector de comercio recibirán un incremento salarial, aunque no será un porcentaje. Cómo queda cada categoría.
Continuando con el último acuerdo de paritarias, los empleados de comercio cobrarán en febrero 2026 un nuevo incremento salarial, aunque no se tratará de un porcentaje, sino que serán dos sumas fijas no remunerativas. Este esquema fue acordado a fines de 2025 entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresarias.
El nuevo entendimiento estableció otorgar entre diciembre y marzo de 2026 un bono extra de $60.000, que en abril se incorporará al salario básico en su valor nominal. Además, se fijó extender también hasta marzo de 2026 inclusive la suma fija no remunerativa de $40.000 que había sido pactada en junio de 2025 y se iba a pagar hasta enero.
De esta manera, en febrero 2026, los empleados de comercio de todo el país recibirán $100.000 de aumento en conceptos de bonos que en abril pasarán a formar parte de sus sueldos básicos. Mientras tanto, estas sumas se deben tener en cuenta para calcular el presentismo, vacaciones, aguinaldo o indemnizaciones.
Además, los trabajadores del sector pueden percibir adicionales por horas extra, presentismo, antigüedad y otros beneficios. En relación a la antigüedad, se suma un 1% del salario básico por cada año trabajado, tomando en cuenta tanto los conceptos remunerativos como los no remunerativos. Y en el caso de las cajeras, cuentan con un adicional por manejo de caja, un complemento remunerativo que se establece de manera porcentual según las funciones desempeñadas.
Salarios de los empleados de comercio en febrero 2026
El nuevo acuerdo paritario busca extender un esquema de compensaciones apuntado a contener el impacto de la inflación sobre los ingresos. El entendimiento alcanzado determina el piso de cada categoría e impacta de lleno en miles de trabajadores de maestranza, administrativos, cajeros, auxiliares, auxiliares especializados y vendedores.
Al no aplicarse incrementos porcentuales, los trabajadores del sector percibirán en febrero los mismos valores que en enero. De esta manera, en el segundo mes del año, los salarios de cada categoría incluyendo los bonos por $100.000 serán los siguientes:
Administrativo
- Categoría A: $1.167.268
- Categoría B: $1.171.860
- Categoría C: $1.176.448
- Categoría D: $1.190.218
- Categoría E: $1.201.690
- Categoría F: $1.218.519
Maestranza
- Categoría A: $1.155.795
- Categoría B: $1.158.852
- Categoría C: $1.169.560
Cajeros
- Categoría A: $1.171.091
- Categoría B: $1.176.448
- Categoría C: $1.183.333
Auxiliar
- Categoría A: $1.171.091
- Categoría B: $1.178.740
- Categoría C: $1.203.985
Auxiliar Especializado
- Categoría A: $1.180.274
- Categoría B: $1.194.041
Vendedor
- Categoría A: $1.171.091
- Categoría B: $1.194.044
- Categoría C: $1.201.690
- Categoría D: $1.218.519
Un acuerdo salarial que sigue hasta abril, pero con revisión en marzo
Este esquema salarial tiene vigencia desde el 1° de julio de 2025 y hasta el 30 de abril de 2026. Desde el sindicato reconocen que el mecanismo no corrige el atraso salarial acumulado, pero remarcan que permite sostener el ingreso en el corto plazo y ganar margen de negociación para el segundo trimestre del año. El acuerdo contempla además una cláusula de revisión en marzo, instancia en la que el gremio y las cámaras volverán a negociar en función de la inflación y la evolución de la actividad.
Dentro del sector, también hay diferencias entre algunos rubros. Por ejemplo, en el caso de los empleados de agencias de turismo, el pago de los bonos se extenderá hasta abril inclusive y se incorporará al básico recién en mayo, un mes después que en el resto. Además, a fin de año pasado, los trabajadores de grandes cadenas como Coto, Carrefour, Día y ChangoMás, recibieron un bono extraordinario por única vez de $170.000.
Se aclara que los incrementos del acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
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