Muerte de Débora Pérez Volpin: absolvieron al ex director del sanatorio
También fue absuelta la instrumentista Eliana Frías. La periodista falleció en febrero de 2018 tras someterse a una endoscopía.
El Tribunal Oral Criminal y Correccional 26 absolvió este mediodía al exdirector del Sanatorio de la Trinidad, Roberto Martingano, y a la instrumentista Eliana Frías en el segundo juicio por la muerte de la periodista Débora Pérez Volpin, ocurrida en esa clínica en febrero de 2018.
El juicio intentó determinar si el médico Martingano, ahora exdirector del Sanatorio de la Trinidad, encubrió la muerte de Pérez Volpin y si Frías incurrió en el delito de falso testimonio.
En las audiencias anteriores, la fiscalía y la querella habían solicitado tres años de prisión para Martingano y tres años de inhabilitación para la instrumentista, mientras que la defensa reclamó la absolución.
Pérez Volpin falleció el 6 de febrero de 2018 en el Sanatorio la Trinidad, del barrio porteño de Palermo, a raíz de la intervención que le realizó el endoscopista Diego Bialolenkier, cuya condena a tres años de prisión fue dejada firme esta semana por la Corte Suprema.
Concretamente, Martignano estaba imputado por haber entregado a la Justicia una máquina procesadora del endoscopio con los números de serie "limados", lo cual no permitió determinar si se trataba o no de la que había sido utilizada en el procedimiento durante el cual falleció la periodista.
Al momento de procesar por encubrimiento al exdirector de esa clínica privada, la justicia entendió que había intentado "ocultar prueba de vital importancia" en el marco de la investigación de la muerte de la periodista, que en ese momento había dejado la profesión para iniciar una carrera política en el espacio liderado por Martín Lousteau.
Sin embargo, el abogado de Roberto Martingano, Vadim Mischanchuk, consideró que los cargos que se le imputan a su cliente "no se ajustan a la realidad".
"Lejos de haber llevado adelante maniobras de encubrimiento, el exdirector se puso a disposición de la Justicia el día del allanamiento y durante el procedimiento estuvo en la dirección, mientras que en quirófano se llevaba adelante la medida de secuestro de la caña del endoscopio y fue allí donde un profesional de la salud le ofreció voluntariamente al personal policial el retiro de la procesadora hoy cuestionada", expresó.
Además, el letrado indicó que, "en relación a las hojas impresas por el monitor, sucedió algo muy similar, ya que fueron entregadas voluntariamente ese mismo día a la comisión policial; por lo tanto, dicha información médica estuvo a disposición de las partes desde el comienzo".
Una condena en el primer juicio
En la primera causa, la sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó -en marzo de este año- la condena a tres años de prisión para el endoscopista Diego Ariel Bialolenkier, y consideró que debía confirmarse la absolución de la anestesista Nélida Puente.
En agosto de 2019, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 8, a cargo del juez Javier Anzoátegui, consideró a Bialolenkier responsable del homicidio culposo de la periodista.
La medida fue adoptada por la sala integrada por los jueces Héctor Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus, quienes rechazaron los recursos de casación interpuestos por la defensa y la querella al confirmar el fallo del 2 de agosto de 2019.
De acuerdo con el fallo, el 6 de febrero de 2018, entre las 17.20 y las 17.30 dentro de uno de los quirófanos del Sanatorio La Trinidad Palermo, y durante un procedimiento de videoendoscopia digestiva alta, Bialolenkier le causó la muerte a Pérez Volpin por llevar adelante "una conducta imprudente y negligente".
Además, descartó la postura de la defensa, que pretendía utilizar a su favor el consentimiento de rigor firmado por la víctima antes del procedimiento, en el que había aceptado la posibilidad de morir.
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