Rechazaron el pedido de Alberto Fernández para que el caso pase a la Justicia de San Isidro
El expresidente había solicitado trasladar la investigación a otros tribunales porque los supuestos hechos de violencia ocurrieron en Olivos. Los motivos del rechazo.
Revés judicial para Alberto Fernández. Este martes, el fiscal federal Ramiro González rechazó el pedido del expresidente para declarar la incompatibilidad del juez Julián Ercolini y trasladar la causa por violencia de género a los Tribunales de San Isidro, debido a que los hechos habrían sucedido en la quinta presidencial de Olivos.
“Según la opinión del Misterio Público Fiscal, corresponde que, por el momento, el caso quede bajo la competencia del Sr. juez federal delegante con el objeto de esclarecer los extremos relevantes de la pesquisa, determinar definitivamente el objeto procesal, y asignar las calificaciones legales del caso como paso previo a decidir, de un modo definitivo, acerca de la asignación territorial que pudiere corresponder”, decidió.
Y agregó: “Lo contrario implicaría per se que de un modo apresurado y prematuro se asignen nuevos operadores al caso, se obture la investigación que se encuentra en curso y se incrementen los riesgos de revictimización, que es, justamente, lo que la ley impone evitar”.
Qué dice la resolución del fiscal
En los distintos considerandos de la resolución, el fiscal González remarca que la ex primera dama Fabiola Yañez “sufrió una relación atravesada por hostigamiento, acoso psicológico y agresiones físicas en un contexto de violencia de género e intrafamiliar (según las etapas temporales de ese vínculo afectivo) y que el relato de la expareja del exmagistrado “revela un contexto de violencia de género asentado sobre una relación asimétrica y desigual de poder que se ha desarrollado a lo largo del tiempo, la cual se vio acrecentada exponencialmente por la elección de Fernández como Presidente de la Nación y el ejercicio del cargo”.
Además, detalla ocho hechos. El primero corresponde a 2016 cuando, dice, “obligó a Fabiola Yáñez a realizar un aborto, a través de un plan que constituyó destrato, negación de la palabra, hostigamiento”. Otros cuatro corresponden a 2021 y se relacionan con hechos de violencia física, lo mismo que otro sucedido en 2023. Luego hace referencia al intercambio que mantuvo con la exministra de las Mujeres Ayelén Mazzina y finalmente, varios llamados recibidos este año, con “amenazas”, cuando decidía hacer la denuncia.
La razón del pedido de Alberto Fernández
Debido a que el pedido de Alberto Fernández de trasladar la causa de la Justicia Federal a los Tribunales de San Isidro se basaba en el lugar donde sucedieron los hechos denunciados, el fiscal consideró que “el tiempo, el contexto y las formas violentas de ejercicio de poder que han sido denunciadas no pueden asignarse, de momento, a un enclave geográfico único y determinado”.
En el mismo sentido, menciona que el “planteo de competencia deber ser precedido de una investigación que esclarezca los aspectos fácticos relativos a cuanto pueda conformar el objeto procesal, con finalidad de evitar pronunciamientos prematuros que pudiesen provocar el posterior replanteo de iguales cuestiones”.
El otro pedido de Alberto Fernández
Además de trasladar la causa a los Tribunales de San Isidro, Alberto Fernández realizó un pedido formal para prohibir la difusión de sus fotos y videos en medios de comunicación convencionales y digitales y que, además, se eliminen las imágenes que ya se publicaron. Esto implica un enorme movimiento, y vuelve a poner sobre el tapete la discusión respecto a la privacidad.
Según La Nación, la argumentación que presentó el ex mandatario se basa en “la protección del derecho a la privacidad” y en la “integridad de los derechos del niño” dado que podría afectar a sus hijos, tanto en el presente como en el futuro y, también viola su honor como individuo.
Asimismo, el presidente manifestó que los derechos que están en juego son “verosímiles y casi evidentes” y que la tutela judicial que debería haber “es esencial”; paralelamente indicó que, si bien “la libertad de expresión es una garantía”, la Corte Suprema de Justicia sostiene que “todas las personas tienen derecho a la intimidad, inclusive las personas célebres” y que “la libertad de prensa no es un derecho absoluto”.
Esta medida cautelar se registró en el fuero Civil y Comercial Federal y, además de los canales tradicionales de comunicación, está dirigido a las empresas digitales: Google, Facebook, X y Yahoo.
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