Vacaciones de empleadas domésticas: ¿cómo calcular cuántos días corresponden?
En este informe, te contamos de qué manera establecer la licencia por vacaciones de una empleada doméstica.
De acuerdo al sitio oficial de la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), las vacaciones se tienen que otorgar dentro del período comprendido entre el 1° de noviembre del año por el que se toma vacaciones y el 30 de marzo siguiente. Pero, ¿de qué manera calcular los días de vacaciones que le corresponden a una empleada doméstica?
En el portal mencionado, se especifica que las vacaciones deben ser abonadas antes de su inicio. Y que la retribución debe ser equivalente al monto que hubiera cobrado el trabajador de haber trabajado normalmente. Y, además, se subraya que la cantidad de días de vacaciones se calcula dependiendo de la antigüedad, un ítem clave que determina el período vacacional de los trabajadores.
Para calcular cuántos días de vacaciones le corresponden a una empleada doméstica es preciso ajustarse a la siguiente tabla:
Antigüedad menor de 6 meses:
- Entre 4 y 7 semanas de trabajo 1 día
- Entre 8 y 11 semanas de trabajo 2 días corridos
- Entre 12 y 15 semanas de trabajo 3 días corridos
- Entre 16 y 19 semanas de trabajo 4 días corridos
- Más de 20 semanas de trabajo 5 días corridos
Antigüedad mayor a 6 meses y hasta 5 años: 14 días corridos
Antigüedad mayor de 5 años y hasta 10 años: 21 días
Antigüedad mayor de 10 años y hasta 20 años: 28 días
Antigüedad mayor de 20 años: 35 días
Por otra parte, en el sitio oficial de la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), se encuentra disponible un instructivo para la parte empleadora titulado Ayuda sobre Casas particulares, en el que se brindan todos los detalles sobre el régimen de casas particulares. Mediante el enlace https://www.afip.gob.ar/casasparticulares/ayuda/empleador/vacaciones.asp, es posible verificar los alcances de la legislación vigente.
Cabe destacar que, según la ley 20.744 (Contrato de Trabajo), las vacaciones pagas configuran un derecho para todos los trabajadores. Y precisamente es esa ley la que define los días de vacaciones según la antigüedad de la empleada doméstica.
Otro dato importante es que si el trabajador lo solicita, es posible fraccionar los días de vacaciones para usarlos en otras épocas del año. Además, al empleado se le debe garantizar un período continuo de licencia de no menos de dos tercios del que le corresponde según su antigüedad. Además, antes de que empiece sus vacaciones, se las deben pagar.
Para acceder a las vacaciones, la empleada doméstica debió haber trabajado, como mínimo, durante la mitad de los días hábiles del año correspondiente. A tal fin, también se consideran como hábiles los días feriados en los que esta trabajó.
En el artículo titulado Casas particulares: aguinaldo y vacaciones (https://upacp.org.ar/?p=29533), la UPACP también les brinda a sus afiliados la información necesaria y abreviada para que las empleadas domésticas accedan a la legislación correspondiente.
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