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La Mañana Abuso infantil

Abuso infantil: un juez neuquino se enojó y ordenó a fiscales que vayan a fondo en una causa

Los acusadores pretendían archivar el expediente pero se encontraron con la negativa del magistrado. Resaltó la "obligación" de investigar este tipo de hechos.

En un contundente pronunciamiento, un juez ordenó que se sigan investigando dos hechos de abuso infantil y que, de ninguna manera, puede contemplarse su archivo como lo pretendía la parte acusadora. De acuerdo a lo informado por el Poder Judicial neuquino, el lunes se hizo una audiencia “con el objetivo de controlar el archivo de dos denuncias de abuso sexual, dispuestas por la Fiscal del caso y confirmadas por el Fiscal jefe”.

El magistrado que intervino en el análisis de la causa fue Juan Manuel Kees, quien resolvió revocar dicho archivo por considerar que la evidencia existente era suficiente para formular cargos y continuar con la investigación.

A la hora de argumentar su posición, el juez neuquino realizó varias consideraciones sobre la forma de valorar los testimonios de las víctimas menores de edad y sobre el deber de investigar estos casos.

“Cabe recordar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que la agresión sexual es un tipo particular de agresión que, en general, se caracteriza por producirse en ausencia de otras personas más allá de la víctima y el agresor o los agresores. Dada la naturaleza de esta forma de violencia, no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales y, por ello, la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental sobre el hecho”, sostuvo Kees.

Los deberes "reforzados" de fiscales

En sus fundamentos, el juez manifestó que “el Estado ha asumido deberes 'reforzados' frente a situaciones de abuso o violencia de género. En ese sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que, en casos de violencia contra la mujer, los Estados tienen, además de las obligaciones genéricas contenidas en la Convención Americana, una obligación reforzada a partir de la Convención Belém do Pará, que en su artículo 7º b exige actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer. A ello se suma que, por ser menor, la víctima también está amparada por la Convención sobre los Derechos del Niño, que –en lo que aquí interesa– compromete a los Estados Partes a proteger a los niños contra los abusos sexuales”.

Un juez que pide el máximo esfuerzo para investigar la violencia

El magistrado consideró que la evidencia reunida hasta el momento, esto es, declaraciones prestadas por los denunciantes; por la madre de ambas víctimas; pericias psicológicas, valoradas con estándares probatorios, sumado a la posibilidad de recibir nuevos testimonios, tal lo señalado por la parte querellante, satisfacen sobradamente los requisitos del artículo 133 del Código Procesal Penal de Neuquén. Por esta razón, resolvió revocar el archivo dispuesto por la fiscalía y encomendó al MPF que cumpla con su obligación reforzada de investigar hechos que constituyen violencia contra la mujer y contra los niños.

Las causas por abusos a menores son múltiples y casi a diario, las fiscalías de esta ciudad y la provincia llevan adelante la investigación de hechos muy graves. Durante el presente año, varios abusadores y violadores fueron condenados luego de la definición de los procesos orales. En general, las penas de prisión son de cumplimiento efectivo.

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