Conformaron el jurado que presidirá el proceso oral por el femicidio de Gisela Fuentes
El juicio popular en contra de Roberto Figueroa por el hecho ocurrido en Centenario se inicia el jueves. Si es declarado culpable, recibirá prisión perpetua.
Luego de una audiencia realizada en la presente jornada, se definió el jurado que presidirá el proceso contra Roberto Figueroa por el femicidio de Gisela Fuentes en Centenario en octubre de 2023. El debate oral se inicia el próximo jueves.
El juez Lucas Yancarelli dirigió la audiencia de selección de jurados que resolverá la responsabilidad de Roberto Figueroa, quien llega acusado de haber dado muerte a Gisela Fuentes. La fiscalía y la defensa se encargaron de interrogar a los sorteados y seleccionar a 12 titulares y 4 suplentes. De esta forma, quedó todo listo para la apertura del juicio popular.
Figueroa fue acusado el año pasado por el fiscal jefe Agustín García. Según la investigación, el imputado se presentó con un arma de fuego, cerca de las 6 de la mañana del 1 de octubre, en la casa de la víctima, con la que había mantenido una relación de aproximadamente 13 años. Allí estaban la mujer y su actual pareja, quien se refugió en uno de los cuartos. En tanto, el acusado saltó el portón e ingresó a la casa golpeando la puerta y portando un arma de fuego. Luego se dirigió hacia la habitación en la que se encontraba el hombre y gatilló en varias oportunidades, pero el proyectil no salió.
Según explicó el fiscal jefe, eso permitió que el hombre intentara una defensa, hasta que finalmente recibió un disparo en un brazo. Tras la agresión, Figueroa salió del lugar, pero “frustrado por no haber podido lograr su propósito”, volvió y efectuó un disparo que impactó a su expareja. De acuerdo con la autopsia, la herida lesionó la aorta de Fuentes, quien murió por shock hipovolémico.
Acusación por el delito de femicidio
El fiscal García encuadró lo ocurrido en el delito de homicidio triplemente agravado, por el uso de arma de fuego, por el vínculo y por femicidio (artículos 80, incisos 1 y 11; 45 y 41 bis del Código Penal), en concurso real con homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por haber sido cometido con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que mantuvo una relación de pareja, en grado de tentativa y en calidad de autor (artículos 80, inciso 12; 41 bis; 42 y 45 del Código Penal).
Tras la formulación de cargos, la fiscal del caso Lucrecia Sola y el fiscal jefe García solicitaron 8 meses de prisión preventiva para el acusado. Argumentaron que existía peligro de no sometimiento al proceso; que, de acuerdo, con testigos, el acusado acostumbraba “manejar armas” y que era necesario proteger a familiares de la mujer, como así también al hombre que resultó herido.
Además, consideraron que el imputado había realizado maniobras para entorpecer la investigación, al intentar inculpar al hombre que recibió el disparo en el brazo.
Antecedentes de violencia de género
Como antecedentes del contexto de violencia de género en que ocurrieron los hechos, se destacó en aquel momento que hay registros de denuncias previas en el fuero de Familia en los que se tomaron medidas de protección respecto de la víctima y que terminaron en julio de 2022, luego de que no se registraran nuevos hechos relacionados. En ese mismo contexto se realizó una investigación penal, en la que luego de haber realizado allanamientos en la casa del acusado y sin hallar elementos que permitieran avanzar en el caso, no se pudo concretar una formulación de cargos.
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