Piden 9 años de prisión para la mujer condenada por generar un incendio en el que murió su pareja
La acusada también resultó lesionada. El tribunal calificó legalmente el caso como incendio seguido de muerte.
Luego del juicio que declaró su responsabilidad, la fiscalia pidió una pena de 9 años de prisión a la mujer de una comunidad mapuche que generó el incendio en el que murió su pareja, José Emiliano Catricura. La defensa, que ya trabaja en la impugnación de la sentencia, pidió una prisión condicional.
El fiscal jefe Gastón Ávila solicitó, durante la audiencia de cesura realizada ante un tribunal colegiado, que se imponga a Beatriz Esther Cayún una pena de 9 años de prisión, luego de haber sido declarada penalmente responsable por el delito de incendio seguido de muerte en perjuicio de un joven que era su pareja, en febrero de 2024.
De acuerdo a la acusación, el hecho ocurrió el 10 de febrero de 2024, entre las 8:30 y 9:00, en la vivienda donde convivían la imputada y la víctima, José Emiliano Catricura. Esa mañana, la pareja discutió tras participar en una reunión con otras personas de la comunidad mapuche a la que pertenecen. Al llegar a la casa, la mujer arrojó nafta y encendió un fósforo, provocando un incendio que se expandió de inmediato. Catricura quedó atrapado por una explosión que trabó la puerta; y aunque logró salir por una salida trasera, sufrió quemaduras en el 90% del cuerpo y murió horas después en el hospital local.
La acusada también resultó lesionada. El tribunal calificó legalmente el caso como incendio seguido de muerte.
Durante su alegato, el fiscal Ávila indicó que el mínimo legal para el delito es de 8 años y solicitó elevarlo a 9 años, en función de pautas agravantes como la extensión del daño —por la destrucción de la vivienda familiar, la muerte del joven y el riesgo generado para el hijo de ambos— y la naturaleza de la acción en un contexto de alta sensibilidad comunitaria respecto del fuego, en una comunidad mapuche que ha atravesado situaciones traumáticas similares.
Como atenuantes, mencionó que la acusada no posee antecedentes penales y que resultó lesionada durante el incendio.
“Lo que está claro es que Beatriz no estaba inmersa en un círculo de violencia; no era rehén de una situación que la condicionara a actuar como actuó ni volvió menos reprochable su actuar”, ponderó el fiscal jefe.
La defensa, en una postura opuesta , solicitó que se declare la inconstitucionalidad del mínimo legal previsto para el delito y que se imponga una pena de 3 años de prisión en suspenso.
Días atrás ya habían adelantado su parecer: “Será el momento en que el tribunal deberá incorporar, con rigor jurídico, los mandatos constitucionales y convencionales que obligan a considerar el género, la identidad indígena y la situación de vulnerabilidad estructural al momento de determinar una pena”, expresaron.
Al mismo tiempo que resaltaron que su proyecto de vida en la comunidad mapuche Cayún —donde vivía junto a su pareja y su hijo de 4 años— estuvo marcado por la pobreza, la inestabilidad laboral y el impacto del alcohol en la vida familiar y comunitaria, y los informes destacan su compromiso con el trabajo comunitario, su deseo de avanzar en la construcción de su vivienda y su rol como principal cuidadora de su hijo.
La audiencia se desarrolló ante los jueces Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruíz, quienes anunciaron que deliberarán en sesión privada y fijarán en los próximos días la fecha para comunicar la pena.
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