Ampliaron argumentos contra el fallo
Neuquén > La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia dio lugar ayer a la audiencia de ampliación de argumentos de los recursos de casación que presentaron las partes para que el máximo órgano judicial revea el fallo que condenó a dos jóvenes por el asesinato del joven Javier Galar a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito calificado como homicidio en riña. El 29 de julio se espera que los jueces lean la sentencia.
Contra la calificación del delito que dispuso en su momento la Cámara Criminal Segunda, los fiscales Alberto Tribug y Pablo Vignaroli solicitaron que el tribunal anule la sentencia y dicte un nuevo pronunciamiento que condene a los autores por homicidio calificado por la participación de un menor.
El hecho, que conmovió a la comunidad de Alto Valle de Río Negro y Neuquén, ocurrió en la madrugada del 17 de junio de 2006, sobre diagonal 9 de Julio, a escasos metros de Belgrano. Allí fue brutalmente asesinado a golpes de puño y patadas.
El Tribunal que presidió el debate terminó por condenar a Juan Díaz y Leandro Serrano a la pena de tres años de prisión efectiva. Nicolás Chambla, también imputado, al final fue absuelto de toda responsabilidad, mientras que Esteban Larret no fue acusado durante el juicio, por lo que quedó inmediatamente en libertad.
“Solicitamos que se case la sentencia, se recalifique la conducta de Díaz y Serrano, a su vez se deje sin efecto la absolución de Chambla, de modo que también se lo condene por homicidio agravado por la participación de un menor y se aplique la condena que oportunamente fue requerida, de 15 años de prisión”, detalló Vignaroli.
Ricardo Cancela, como patrocinante de la querella, también pidió que se dicte un nuevo pronunciamiento que condene a Díaz y Serrano por homicidio simple –agravado por la participación de un menor- y haga extensiva esa condena a Chambla.
Pero en caso de que el TSJ no haga lugar a este planteo, solicitó entonces la nulidad de todo el proceso, de modo que se realice un nuevo juicio. “En esencia buscamos lo mismo”, dijo Cancela.
Del otro lado, está la defensa que ayer se constituyó sólo en la persona de Gustavo Palmieri, como defensor de Díaz. Juan Ríos Iñiguez, que asiste a Serrano, no estuvo presente. Y al fundar el recurso de casación que presentó oportunamente, también pidió que el TSJ anule la sentencia y ordene un nuevo juicio. “No se le puede pedir al TSJ que condene porque no tiene competencia para eso. En ese caso hay que hacer un nuevo juicio”, sostuvo.
Si el TSJ no resuelve la cuestión en esa dirección, entonces solicitó que se case la sentencia. Pidió que a su defendido se aplique la pena mínima que establece el artículo 95 del Código Penal, o en última instancia, los tres años de pena previstos sean de cumplimiento condicional.
Tres son las posibilidades que tiene el TSJ en mano: casar la sentencia y emitir otro dictamen; anularla y ordenar un nuevo juicio; o ratificar la condena. En cualquier caso, será el 29 de julio próximo que se conocerá el resultado.
“Eran cuatro contra uno”
Neuquén > Tanto para la Fiscalía como para la querella, en el caso que se cuestiona no hubo riña. “Eran cuatro contra uno. No fue una discusión entre bandos”, dijo el fiscal Alberto Tribug, ante el TSJ. Por la querella, Ricardo Cancela también desestimó que haya acometimiento mutuo y recíproco entre dos grupos y sostuvo que “Galar no sólo que no formó parte sino que nunca ni por asomo estuvo implicado en un acto de violencia. Galar no hizo nada. Lo dicen todos”.
Para el representante del Ministerio Fiscal, Pablo Vignaroli, tampoco el joven pudo en ningún momento defenderse y entendió que su muerte fue el resultado de una sumatoria de golpes, es decir, que no existió uno que pueda considerarse mortal.
También coincidieron en que los autores fueron todos identificados y que todo está dado para que sean acusados como coautores. Tribug habló de convergencia entre los involucrados, que llevó a que todos actuaran con la “misma intención y voluntad”, e incluso con el “dolo necesario”.
“Rechazaron toda posibilidad de hacer cesar el hecho que estaban cometiendo. Tuvieron pleno dominio”, sostuvo el magistrado.
Los fiscales advirtieron, además, que la sentencia en nada se comparece con el proceso histórico, incluido el debate, no dice lo que sucedió. Toma como que el provocador fue la víctima y descarta de plano los dichos de dos testigos que acompañaban a Galar.
“Los descarta por el sólo hecho de ser quienes lo acompañaban, por el vínculo que tenían, sin analizar en profundidad sus dichos y cotejarlos con prueba objetiva que se incorporó a la causa. Mientras, da crédito a dos testigos que se contradijeron”, señaló Vignaroli.
En tanto, Cancela advirtió que lo que ocurrió con esta sentencia es haber partido de premisas erróneas con respecto a los hechos y a la valoración de esos hechos, por lo que la conclusión de esos fue en consecuencia también equívoca. Y sostuvo, además, que se violentaron las reglas de la sana crítica en cuanto a la valoración de la prueba, lo cual la torna, a su entender, una sentencia arbitraria.
Observaciones de la defensa
t“La sentencia está mal motivada, los jueces valoran incorrectamente la prueba y llegan a la conclusión de que participó de la riña. También invirtieron la carga de la prueba porque, como la testimonial fue contradictoria en algunos casos y no había mucha claridad sobre lo que había ocurrido, obligan a que Díaz pruebe que si bien reconoce haber estado no golpeó, lo cual inconstitucionalmente es incorrecto”, sostuvo Gustavo Palmieri, defensor de Juan Díaz.
Entre sus argumentos, ponderó a su vez el hecho de que no tenga antecedentes. “Díaz es una persona normal, que tiene trabajo, una familia, sólo se involucró en este problema y no merece estar privado de la libertad”, añadió.
Afirmó que en el caso existe un autor identificado de la muerte de Galar -que en su momento fue menor de edad- y que hay testigos que así lo demuestran con claridad. “Atribuirle responsabilidad a otras personas implica aplicar esta figura de homicidio en riña que incluso ha sido cuestionada por la Corte Suprema de Justicia de inconstitucional”, advirtió.
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