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La Mañana Legislatura

Aprobaron una ley para regular la actividad de acompañantes terapéuticos

Fue aprobada ayer por la Legislatura neuquina. El ISSN cubrirá las prestaciones.

La Legislatura neuquina aprobó ayer en particular la Ley 3147 que tiene como fin regular la actividad de los acompañantes terapeúticos.

La norma establece que "en todos los casos la intervención de un acompañante terapéutico debe efectuarse a instancias y por solicitud expresa del equipo de salud responsable del paciente, debiendo ser elaborada en el marco de un tratamiento con abordaje interdisciplinario" y que la actividad puede ser ejercida "de forma autónoma o en relación de dependencia, con cobertura de responsabilidad civil profesional vigente".

El diputado Maximiliano Caparroz (MPN) indicó que "un aspecto fundamental del rol de los acompañantes terapéuticos es priorizar la vinculación del paciente con su entorno social inmediato.

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En el artículo 3, la ley establece que para obtener la matrícula se debe poseer, al menos, uno de los siguientes títulos: oficial otorgado por universidades nacionales, provinciales o privadas reconocidas por autoridad competente; oficial otorgado por centros de formación de Nivel Terciario dependientes de organismos nacionales, provinciales o municipales, o por instituciones privadas; título o diploma equivalente expedido por instituciones de países extranjeros.

Aquellos profesionales matriculados pasarían a formar parte del Registro Único de Profesionales de la Salud de la Provincia.

Además, el Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) deberá incluir el acompañamiento terapéutico en su lista de prestaciones y cubrir las actividades del acompañante prescriptas por el equipo de salud a cargo del tratamiento del paciente.

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