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Claves para recategorizarse en el Monotributo y pagar Bienes Personales

Habrá tiempo hasta el 20 de enero para recategorizarse en el monotributo con los nuevos valores de este año, que subieron 26%. También empiezan a correr los cambios para Bienes Personales que aprobó el Congreso este año

La recategorización del Monotributo está habilitada hasta el 20 de enero y para determinar si corresponde cambiar de categoría, los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses y compararlos con los nuevos valores de las categorías.

El importe de la nueva categoría se abonará en febrero y los valores máximos de facturación y la obligación mensual de los tres componentes del monotributo (impositivo, de salud y previsional) se incrementaron un 26% respecto a 2021.

No corresponde recategorizarse si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el impuesto, mientras que si el período es de entre 6 y 12 meses se debe hacer una proyección anualizada de ingresos para hacer la recategorización.

Quienes hayan abonado a tiempo al menos 9 de las 12 obligaciones mensuales de cada año se les reintegrará un mes del componente impositivo, que se acreditará automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas.

Para pagar, los monotributistas de todas las categorías deben usar exclusivamente medios electrónicos a través de un volante electrónico de pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático o Mercado Pago. Se puede consultar la fecha de vencimiento de cada cuota del monotributo y el monto a abonar en el portal del Monotributo.

Quienes opten por la adhesión del débito automático podrán hacerlo a través del Portal de Monotributo ingresando con clave fiscal en la solapa “pagos”. Otros canales para abonar son Mercado Pago o billetera electrónica, en este último caso entrado a Sistema de Cuentas Tributarias / Transacciones / Billetera Electrónica AFIP.

Para evaluar si corresponde la recategorización, los monotributistas deben sumar de los últimos 12 meses los ingresos brutos, energía consumida, alquileres devengados y superficie afectada en la actividad y cotejarla con la tabla actualizada de las categorías. La recategorización aplica si cambia al menos uno de estos parámetros.

AFIP.

La recategorización es obligatoria si cambiaron algunos de estos parámetros, si no se hace la AFIP puede suspender temporalmente la emisión de la constancia del monotributo y hacer una recategorización de oficio más una multa del 50% del componente impositivo y el aporte previsional.

En el caso de Bienes Personales, las modificaciones aprobadas en el Congreso a fines de 2021 traerán alivio a un grupo de contribuyentes, pero quienes tengan patrimonios más altos deberán pagar más.

El monto mínimo no imponible, es decir el piso a partir del cual se comienza a pagar el impuesto, subió de $ 2 millones a $ 6 millones. Los inmuebles destinados a vivienda no tributarán cuando su valor sea inferior a $ 30 millones, contra $18 millones antes.

El mínimo no imponible se actualizará a través del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC): para este período fiscal se tomará la variación de precios oficial entre octubre de 2022 y octubre de 2021.

Aumentará a 1,5%, desde 1,25% antes, lo que deben tributar los patrimonios superiores a $ 100 millones, mientras que para más de $ 300 millones se eleva a 1,75%. Para los bienes situados en el exterior, las alícuotas van de 0,7% hasta un máximo de 2,25% para los patrimonios que superen los $18 millones. Con los bienes en el exterior se estableció una alícuota máxima de 2,25%, que estaría vigente por dos años.

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