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La Mañana Leyes

El certificado de vacunas será obligatorio para renovar el DNI

El Senado aprobó una ley que modifica los requisitos para las tramitación de documentos.

La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que modifica los requisitos para renovar el DNI, pasaporte y licencia de conducir, y a partir de ahora será obligatorio presentar el certificados de vacunas.

Esta norma, que actualiza la Ley 22.909 vigente desde 1983, se aplicará tanto a adultos como a menores y establece la gratuidad de la vacunación y su exención impositiva. "El Estado deberá garantizar la compra de vacunas e insumos", señala el texto.

"La autoridad sanitaria tiene 120 días para reglamentada. Y cuando se reglamente tiene que haber 6 meses de difusión intensiva para que la población esté enterada y vaya controlando el carnet y las vacunas", explicó la infectóloga Carla Vizzotti, asesora del proyecto de ley, en declaraciones al diario Clarín.

La norma establece que la "certificación del cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación debe ser requerida" para:

  • Trámites de ingreso y egreso del ciclo lectivo obligatorio.
  • Realización del examen preocupacional que llevan a cabo los servicios de medicina laboral.
  • Tramitación de DNI, pasaporte y licencia de conducir.
  • Tramitación de asignaciones familiares conforme ley 24.714 y de asignaciones monetarias no retributivas.

La "certificación" que habrá que presentar es el llamado Carnet Único de Vacunación (CUV), que la ley indica que deberá ser diseñado y contendrá las constancias de vacunación obligatoria.

El CUV podrá ser emitido por todas las instituciones habilitadas para vacunar, ya sea públicas, privadas o farmacias. "Es un documento muy relevante para conservar", subrayó Vizzotti a Clarín.

Qué vacunas son las obligatorias:

A los adultos se les va a pedir el certificado que acredite que tienen aplicadas las de la hepatitis B y la doble bacteriana adultos. A los nacidos después de 1965, les corresponde también la triple viral (que protege contra sarampión, paperas y rubéola); no así a los mayores de 65 años (se consideran inmunizados), que sí deben darse la antigripal y las antineumocóccicas.

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