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Hasta septiembre no habrá vuelos comerciales en todo el país

Así se conoció en una resolución del ANAC que se conoció este sábado. La reprogramación y comercialización será desde el 1° de septiembre.

Las líneas aéreas podrán reprogramar sus operaciones regulares y comenzar a comercializar sus servicios a partir del 1 de septiembre próximo, según una resolución emitida este sábado por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

La medida, a la que tuvo acceso Télam, autoriza a las líneas aéreas que operan servicios de transporte aéreo de pasajeros desde, hacia o dentro del territorio nacional a "comercializar pasajes con fecha de inicio de operaciones a partir del 1° de septiembre de 2020”.

Aclara que “la reprogramación de operaciones y las autorizaciones estarán supeditadas al efectivo levantamiento de las restricciones impuestas al transporte aerocomercial y a las modalidades de operación que oportunamente se pudieren establecer en función de la salida ordenada de la emergencia generada por el nuevo Coronavirus Covid-19”.

En los considerandos de la medida, se tuvo en cuenta que la ANAC había establecido que en el marco de la emergencia sanitaria generada por el Covid-19 las Líneas Aéreas solo podían comercializar servicios de transporte "en la medida en que se encuentren formalmente autorizados por ese organismo".

Y que, además, se habían suspendido los servicios de transporte aerocomercial de pasajeros dentro del territorio nacional mientras permaneciera vigente la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

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Aduce la resolución que “la situación sin precedentes provocada por el nuevo coronavirus no permite certezas respecto de la finalización de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, que atenta contra el transporte aerocomercial de pasajeros, cabiendo presuponer que la salida de la misma deberá respetar las restricciones sanitarias que oportunamente se establezcan”.

Y alega también, que “durante la vigencia de las restricciones dictadas para operaciones aerocomerciales en virtud de la emergencia sanitaria ocasionada por el nuevo coronavirus Covid-19 únicamente podrán operarse los vuelos por excepción autorizados” por la ANAC.

Y en función de todo ello, la resolución expresa que “se ha entendido razonable fijar el día 1° de septiembre de 2020 a los efectos de reprogramar las operaciones regulares o solicitar autorizaciones para operaciones no regulares de transporte aéreo de pasajeros supeditadas al efectivo levantamiento de las restricciones impuestas al transporte aerocomercial y a las modalidades de operación que oportunamente se pudieren establecer.

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FUENTE: Télam

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