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La Mañana coronavirus

Las fronteras permanecerán cerradas hasta el 12 de abril

Alberto Fernández prorrogó la prohibición para ingresar al país, tanto para los argentinos como para los extranjeros, hasta el domingo de Pascua inclusive.

En sintonía con la extensión del aislamiento social preventivo y obligatorio por el brote de coronavirus hasta el domingo 12 de abril inclusive, el Gobierno prolongó el cierre de fronteras hasta la misma fecha. La medida se hizo efectiva mediante la publicación en el Boletín Oficial de este miércoles.

La medida se hizo efectiva mediante la publicación en el Boletín Oficial de este miércoles. De esa manera se amplió temporalmente lo dispuesto por el Decreto N° 274/20 que había establecido "la prohibición de ingreso al territorio nacional a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso" a argentinos y extranjeros, ya sean residentes o no en el país. Con la nueva norma, esa imposibilidad se extenderá hasta el domingo de Pascua inclusive, aunque con las mismas excepciones (ver aparte).

A su vez, se instruyó “al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, al Ministerio del Interior, a la Dirección Nacional de Migraciones, al Ministerio de Salud, al Ministerio de Seguridad, al Ministerio de Transporte y a la Administración Nacional de Aviación Civil, con el fin de que procedan a establecer los cronogramas pertinentes y a coordinar las acciones necesarias para posibilitar el ingreso paulatino al territorio nacional de las personas residentes en el país y de los argentinos y argentinas con residencia en el exterior que no hayan podido hacerlo durante la vigencia del Decreto Nº 313/20”.

A tal fin determinarán los corredores seguros aéreos, fluviales, marítimos y terrestres que reúnan las mejores condiciones sanitarias y de seguridad, en el marco de la pandemia de COVID-19, prestando especial atención a las personas pertenecientes a grupos de riesgo, conforme lo define la autoridad sanitaria.

Por último, el artículo 3º de la resolución dispuso la extensión también del “Programa de Asistencia de Argentinos en el Exterior en el marco de la pandemia Coronavirus", hasta tanto ingresen al territorio nacional.

¿Quiénes quedan exceptuados?

- Las personas que se encuentren comprendidas en las excepciones dispuestas por el Decreto N° 274 del 16 de marzo de 2020 (personas que estén afectadas al traslado de mercaderías, transportistas y tripulantes de buques y aeronaves y personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios).

- Las personas que, al momento de la entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren en tránsito aéreo hacia la República Argentina con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes.

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