Se establecieron ocho tipos de ausencias justificadas, que permitirán que los trabajadores de la educación cobren el plus salarial. Asambleas definen este lunes.
Después de cuatro semanas de conflicto entre el gobierno y el gremio docente ATEN, que se tradujeron en varios días de paro en las escuelas neuquinas, este sábado llegó una nueva propuesta del Poder Ejecutivo para evitar que se pierdan más días de clases. Los trabajadores de la educación deberán analizar la propuesta en asambleas para definir si mantienen las medidas de fuerza o si retoman el trabajo cotidiano en las escuelas de la provincia.
Este sábado, los referentes del gremio docente asistieron a una reunión en Casa de Gobierno, donde recibieron una nueva propuesta del gabinete del gobernador Rolando Figueroa, que incluye algunos beneficios en relación a la ley que establece el pago de un adicional al salario para aquellos maestros que no falten. Si bien el texto original no contemplaba licencias ni faltas justificadas, la reglamentación de la normativa sumó otras concesiones.
El secretario general de ATEN, Marcelo Guagliardo, explicó ante los docentes frente a Casa de Gobierno que la respecto a “Ley 3447 que es la del adicional por presentismo, el gobierno lo que trajo es un decreto donde reglamenta esa ley. En lo que condiciona el cobro del adicional incorpora una serie de licencias, justificaciones y franquicias".
Las faltas permitidas para los docentes
Pese a que el pago del plus salarial para los docentes exigía que los trabajadores tuvieran menos de tres inasistencias por trimestre, también recibirán el adicional del 15% aquellos que se ausenten del aula bajo las siguientes excepciones:
En primer lugar, los que tengan enfermedades crónicas de curso evolutivo prolongado, por lo que tengan que ausentarse del trabajo temporariamente. En estos casos, la Dirección de Salud Ocupacional de la provincia deberá certificar la enfermedad y el reposo recomendado.
En segundo lugar, cuando las faltas sean producto de un accidente o una enfermedad laboral, prevista por las normativas que regulan las ART.
En tercer término, seguirán cobrando el adicional las docentes que falten por licencias por maternidad o que deban hacer reposo por tratamientos de fertilidad, interrupción del embarazo o embarazos de alto riesgo.
Por otro lado, también seguirán recibiendo el beneficio los que se ausenten por el nacimiento de un hijo cuando no son gestantes.
En cuarto lugar, podrán recibir el beneficio las docentes que tomen licencia por violencia de género, tal como lo dispone el decreto 1324 de 2017.
Como quinta excepción, se sumaron las licencias por fallecimiento de cónyuge o familiar. Por otra parte, también se podrá faltar de manera justificada por la atención de un familiar enfermo o con discapacidad que requiera cuidados.
La séptima excepción son las faltas justificadas por capacitaciones y la octava refiere a las ausencias que los trabajadores tengan por hacer residencias o prácticas docentes.
¿Qué pasa con los suplentes?
La reglamentación de la ley también incluye ciertos beneficios para los que trabajan como suplentes en las escuelas neuquinas. Según indica el texto aprobado, aquellos suplentes que lleven más de cuatro meses en el mismo cargo u horas cátedras podrán recibir el adicional con los beneficios de estas ocho excepciones ya mencionadas.
Se aclaró que estos beneficios podrán ser utilizados mientras dure la licencia del otro profesional que dio origen a la suplencia, sin considerar sus prórrogas o extensiones. A su vez, se estableció que las suplencias para cubrir cargos de mayor jerarquía o por situaciones especiales que no impliquen doble erogación presupuestaria le otorgarán al suplente el derecho a utilizar las mismas faltas que un titular de cargo.
En cuanto a los suplentes o interinos que ocupan su rol durante un período menos a los días hábiles comprendidos por esta ley de pago de adicional, la reglamentación establece que "tendrán derecho a la percepción proporcional del adicional, calculado en relación a los días que haya cumplido con la misma".
La ley que originó el conflicto
La ley que votaron los diputados establece el pago de un adicional para los docentes que no excedan las tres faltas trimestrales. La suma, remunerativa y no bonificable, será del 15% de la asignación del cargo u horas cátedra que mensualmente les corresponda.
El plus se calculará con los haberes en forma mensual y se liquidará trimestralmente. Es decir, el monto se acumulará mes a mes y, de cumplir con los requisitos a fin del trimestre, se abonará de forma acumulada. Según informó la Legislatura, comenzará a abonarse en el mes de septiembre.
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