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La Mañana propinas

Desde cuándo se podrán pagar propinas por medios electrónicos en Neuquén

Protección al Consumidor ya notifica a los comercios de la nueva disposición. Qué pasará con el sueldo de los mozos.

La dirección provincial de Protección al Consumidor, dependiente del ministerio de Gobierno de Neuquén, comenzará a notificar a los comercios sobre la implementación de la nueva disposición para recibir propinas en establecimientos gastronómicos, hoteleros, estaciones de servicio y otros sectores afines.

Esta medida pretende adaptar la legislación provincial a la normativa nacional, facilitando a los consumidores la posibilidad de otorgar propinas a través de medios electrónicos, simplificando y modernizando el proceso.

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Según adelantó el director provincial de Protección al Consumidor, Pablo Tomasini, “el dinero de la propina podrá ir de forma directa a una cuenta del trabajador involucrado o acreditarse en una cuenta del comercio, separada de la habitual, para ser transferida a los trabajadores en un plazo de 24 horas, de forma digital o física, sin descuentos ni deducciones”.

Qué deberán hace las empresas

“Las empresas de servicios de cobro deberán facilitar a los comercios la opción de recepción de pago con propina para que los consumidores puedan añadir un monto a la cuenta. Los consumidores podrán escanear cualquier QR y pagar con la tarjeta de débito, crédito o billetera virtual que elijan. La medida no generará ninguna obligación impositiva a los comerciantes ni será considerada parte de la relación laboral”, detalló Tomasini.

El decreto, que introduce cambios significativos en la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744), estipula que las propinas, independientemente de su forma de pago (física o digital), no serán consideradas parte de la remuneración del trabajador, preservando su carácter voluntario.

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Los comercios, las tarjetas de débito y crédito, y los medios electrónicos de pago no podrán realizar retenciones o percepciones de ningún tipo sobre las propinas.

Los comercios y establecimientos deberán implementar mecanismos que permitan la inclusión de propinas al momento de la transacción digital, sin imponer cargos adicionales por este servicio.

Las propinas no serán tomadas en cuenta como haberes, por lo que no generarán obligaciones adicionales para el empleador. Los proveedores de servicios de cobro deben garantizar que las propinas se acrediten en las cuentas asignadas a tal efecto en el menor tiempo posible.

La dirección de Protección al Consumidor fiscalizará el cumplimiento de la norma, y las infracciones serán sancionadas conforme lo establecido en la Ley N° 24.240.

Impuesto al Cheque

Recientemente, el Gobierno nacional dispuso que el pago de propinas a través de tarjetas, QR o de cualquier otro medio electrónico no estará alcanzado por el impuesto al cheque.

Así lo estableció mediante el decreto 737/2024 publicado en el Boletín Oficial.

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Mediante el DNU 731/2024 se estableció que los comercios deberán contar con los elementos necesarios para que los consumidores dispongan de estas alternativas al brindar la propina.

A partir de esta normativa el dinero de la propina podrá ir en forma directa a una cuenta del trabajador o acreditarse en una cuenta del comercio, separada de la habitual para ser transferida a los trabajadores en un plazo de 24 horas, de forma digital o física, sin descuentos ni deducciones.

“A partir de esta decisión, las empresas de servicios de cobro deberán facilitar a los comercios la opción de recepción de pago con propina para que los consumidores puedan añadir un monto a la cuenta”, explicó el Ministerio de Desregulación.

De esta forma, los consumidores podrán escanear cualquier QR y pagar con la tarjeta de débito, crédito o billetera virtual que elijan.

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“La medida no generará ninguna obligación impositiva a los comerciantes ni será considerada parte de la relación laboral”, señalaron desde la cartera a cargo de Federico Sturzenegger.

En esa línea se indicó que “los comercios, las tarjetas de débito y crédito y los medios electrónicos de pago no podrán realizar retenciones o percepciones de ningún tipo sobre las propinas”.

Disposiciones

El Gobierno Nacional emitió días atrás el Decreto de Necesidad y Urgencia 731/2024, que establece nuevas disposiciones sobre la recepción de propinas a través de medios electrónicos.

El nuevo sistema, que no reemplaza a la posibilidad de dejar propinas en efectivo, sí obliga a los comercios y establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines a habilitar medios para que los consumidores puedan derivar dinero desde una billetera digital.

El decreto aclara que las propinas no forman parte de la remuneración del trabajador, por lo que no podrán ser utilizadas como base para ajustar salarios ni estarán sujetas a retenciones. De igual forma, tampoco podrán realizar cobros por este concepto las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito, compra y similares, ni las entidades financieras y el resto de instituciones que formen parte del sistema de pagos.

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