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La Mañana propinas

Es oficial: se podrán pagar las propinas con medios electrónicos

La nueva medida, que entrará en vigencia en 90 días, permitirá a los clientes agregar propinas a sus pagos mediante medios electrónicos.

El gobierno de Javier Milei autorizó este miércoles el uso de medios electrónicos para pagar propinas. La medida aplica a clientes de comercios en sectores como gastronomía, hotelería, estaciones de servicio, entregas a domicilio y otras actividades donde se acostumbra dar propinas a los trabajadores por la atención recibida.

Asimismo, se destacó que el aumento del uso de dinero digital llevó a la necesidad de “modernizar y simplificar los pagos”.

Esta disposición quedó plasmada en el Decreto 731/2024, publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La medida entrará en vigencia en 90 días y recibió la aprobación del presidente Milei y del Gabinete nacional. Así, se habilitó la posibilidad de abonar montos extra sin necesidad de recurrir al uso de billetes. No obstante, la implementación del método dependerá de cada establecimiento.

Declaraciones del ministro de Desregulación

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, había anticipado semanas atrás la medida en su cuenta de X. “Una práctica común en el mundo que los argentinos no podían elegir”, afirmó, aclarando que la propina seguirá siendo voluntaria para los clientes.

Se subrayó que la iniciativa busca “satisfacer la imperiosa necesidad de modernizar y simplificar los pagos”, tras evaluar que “en los últimos años, el uso de dinero digital en Argentina se ha expandido notablemente, con el efectivo representando, en los últimos meses, solo entre una cuarta (1/4) y una quinta (1/5) parte del total del dinero”.

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Las propinas ahora serán también electrónicas.

Las propinas ahora serán también electrónicas.

Requisitos y proceso de transferencia

Sin embargo, se descartó que el pago de propinas por medios electrónicos pudiera descontarse del salario mensual correspondiente a cada empleado, ya que los empleadores deben “ofrecer la opción de recepción de propinas a los trabajadores a través de medios electrónicos”. La diferenciación entre salario y gratificación se establece en el artículo 113 de la Ley N° 20.744 que regula los contratos de trabajo.

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Las propinas tendrán algunos cambios por imposición del Gobierno.

Las propinas tendrán algunos cambios por imposición del Gobierno.

En este contexto, se especificó que deberán proporcionar una cuenta exclusiva para los empleados, donde se acrediten las propinas. En cuanto al funcionamiento de la cuenta recaudadora, las autoridades señalaron que esta deberá cumplir con el requisito de interoperabilidad. La transferencia podrá realizarse de dos maneras: destinar el monto a cada empleado que reciba la propina o funcionar como una caja común que luego se divida entre el personal.

Por otro lado, se confirmó que el dinero transferido bajo el concepto de “propina” no estará sujeto a retenciones ni percepciones por parte del Estado. De igual manera, las entidades que administran tarjetas de débito, crédito y similares, así como las entidades financieras y otras instituciones del sistema de pagos, no podrán cobrar tarifas por estas transacciones.

El artículo 6° del decreto advierte que las compañías que ofrecen el servicio para incluir propinas “deberán facilitar a sus clientes la opción de pago con propina, permitiendo a los consumidores añadir un monto o porcentaje destinado a la gratificación por el servicio, sin poder cobrar un arancel adicional por brindar esta opción”.

Asimismo, las entidades deben proporcionar a los trabajadores los montos totales transferidos en concepto de propinas. Esta información podrá enviarse en formato físico o digital, pero no deberá exceder las 24 horas desde que el dinero se acreditó en la cuenta.

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