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La Mañana planes sociales

Zafó de la causa de Planes Sociales, pero el Estado lo echó: qué pasó con el exministro de Omar Gutiérrez

Abel Di Luca había zafado el lunes de la causa Viento Sur con el sobreseimiento. Pero ya había sido exonerado de la administración pública. El decreto.

El exministro de Desarrollo Social, Abel Di Luca, fue exonerado de la administración pública de la provincia de Neuquén, quien está condenado por administración fraudulenta en la causa Planes Sociales, y el mismo que fue sobreseído de otro expediente, el de la Cooperativa Viento Sur por el supuesto desvío de fondos.

En esa misma causa zafó otro exministro, Gernán Chapino, ambos de la administración de Omar Gutiérrez.

Es la sanción más grave del régimen disciplinario y le impide volver a ocupar un cargo en el Estado. El decreto fue firmado el 8 de septiembre y se publicó en el Boletín Oficial ese mismo día.

El Decreto 1332 no lleva la firma del gobernador Rolando Figueroa. Lo suscribió la vicepresidenta primera de la Legislatura, Zulma Reina, en ejercicio del Poder Ejecutivo.

Figueroa le había delegado el Gobierno mediante el Decreto 1330, en los términos del artículo 206 de la Constitución Provincial, que prevé la ausencia del titular del Ejecutivo. El ministro de Seguridad, Matías Nicolini, refrendó la norma.

Tolerancia Cero: los fundamentos de la exoneración

Di Luca era de planta permanente del Ministerio de Seguridad, pero tuvo un largo derrotero en el Estado provincial. En 2024, ese ministerio le instruyó un sumario administrativo y dispuso su suspensión preventiva con retención de haberes. Al ser citado a declarar, el 10 de julio de ese año, el exfuncionario se abstuvo.

La investigación administrativa concluyó que, entre diciembre de 2019 y octubre de 2022, como subsecretario y luego como ministro, Di Luca tuvo una intervención "determinante" en la aprobación, validación y sostenimiento de un circuito irregular de pagos. Por ese circuito se desviaron fondos destinados a personas en situación de vulnerabilidad.

Según el sumario, no se trató de maniobras aisladas, sino de un funcionamiento coordinado entre distintas áreas, "cuyo cierre dependía exclusivamente de la aprobación del sumariado". Los testigos coincidieron en que el entonces funcionario intervenía en la instancia final de autorización de los pagos.

La Junta de Disciplina de la Administración Pública describió el mecanismo. Se inscribía a beneficiarios del subsidio por desocupación y el dinero quedaba en poder del grupo.

Germán Chapino y Abel Di Luca.

Germán Chapino y Abel Di Luca.

"Se entregaba una mínima parte a los beneficiarios, que eran una verdadera pantalla o excusa para que los partícipes puedan apoderarse de los fondos públicos", consignó el organismo. Al momento de rendir cuentas, añadió, "se dibujaba el listado de beneficiarios para que todo pareciera legal".

El perjuicio al Estado se estimó en $153.377.900 entre septiembre de 2020 y julio de 2022. De ese monto, $125.412.400 correspondieron a operaciones con tarjetas de débito y $27.965.500 a pagos con cheques.

La Junta recomendó por unanimidad la exoneración. El decreto la fundamenta en la falta grave que perjudica material y moralmente a la administración, el incumplimiento intencional de órdenes legales y la "notoria indignidad moral". Así lo prevén el Estatuto del Personal Civil y el Convenio Colectivo de Trabajo de la Administración Pública.

Condenado en la causa de los planes sociales

En sede penal, Di Luca fue declarado responsable de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública. El 29 de diciembre de 2025, el Tribunal de Juicio le impuso cinco años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

La Fiscalía impugnó ese fallo. El fiscal jefe Pablo Vignaroli obtuvo la revocación de la absolución por asociación ilícita para los doce condenados.

Los fondos canalizados por la cooperativa Viento Sur se consiguieron en un contexto de conflictividad social en Neuquén.

Los fondos canalizados por la cooperativa Viento Sur se consiguieron en un contexto de conflictividad social en Neuquén.

El 20 de agosto de 2026, el Tribunal de Impugnación condenó a Di Luca como jefe de esa asociación ilícita, en concurso real con la defraudación. Dejó sin efecto la pena fijada y ordenó un nuevo juicio de cesura para determinar la sanción.

Las defensas recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia. El juez de Garantías Pablo Encina rechazó suspender la cesura hasta que esos recursos se resuelvan. La sentencia no se encuentra firme.

El sobreseimiento en Viento Sur

La situación fue distinta en la causa Viento Sur, que investiga supuestos desvíos por 1.208 millones de pesos transferidos a esa cooperativa a través de un programa de capacitación para organizaciones sociales.

El programa fue creado por el Decreto 1672, firmado el 18 de agosto de 2022 por el entonces gobernador Gutiérrez y refrendado por Di Luca. Se dictó en un contexto de fuerte conflictividad social, con cortes en la Avenida Argentina y movilizaciones de organizaciones sociales.

El pasado lunes 5 de octubre, la jueza de Garantías Natalia Pelosso sobreseyó a Di Luca y a su sucesor en el ministerio, Germán Chapino. Solo el referente de la cooperativa, Diego Mauro, irá a juicio. El resto de los imputados accedió a la suspensión del juicio a prueba.

La magistrada cuestionó con dureza a la acusación, a la que calificó como "una especie de gran bolsa de gatos". Sostuvo que los fondos llegaron a los sectores más humildes y que nadie se enriqueció.

Consideró que los exministros solo refrendaron el decreto y que la voluntad política plasmada en él correspondía al gobernador. Por eso planteó que, si el esquema era ilícito, debió imputarse a Gutiérrez, algo que no ocurrió.

Pelosso también descartó la acusación por falta de control sobre los fondos. Señaló que los informes desfavorables de la Contaduría no se notificaban personalmente al ministro y que no se acreditó ninguna insistencia para avanzar con los pagos pese a esas objeciones.

Vignaroli anticipó que apelará la resolución. El sobreseimiento deberá ser revisado por el Tribunal de Impugnación antes de quedar firme.

Los próximos pasos

El decreto ordena notificar a Di Luca y a la Unidad Fiscal de Delitos Económicos, y remitir copia a la Fiscalía de Estado. La exoneración rige desde la notificación y puede ser recurrida en sede administrativa.

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