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Estafa con planes sociales, se conoció la sentencia definitiva: qué dijo el juez sobre el financiamiento del MPN

El tribunal ratificó las condenas por la estafa con planes sociales, vinculó la maniobra al partido provincial y rechazó comparar el caso con Temux.

La Justicia neuquina dio a conocer este martes la sentencia definitiva en la causa por la estafa con planes sociales, uno de los procesos por corrupción más relevantes de los últimos años en la provincia de Neuquén. Se trata de un desvío de 1137 millones de pesos provenientes de los subsidios, para una caja que financia la política.

El fallo -de 106 páginas- fue dictado por el tribunal integrado por los jueces Juan Manuel Kees, Juan Guaita y Luciano Hermosilla, quienes no solo confirmaron las condenas, sino que además realizaron definiciones de fuerte contenido institucional y político, con referencias explícitas al Movimiento Popular Neuquino (MPN). También con un rechazo a la comparación con la causa Temux, durante el segundo gobierno de Jorge Sobisch, otra emblemática causa de corrupción con fondos públicos.

La resolución, que fue comunicada este último lunes a la tarde a las partes, confirma lo ya adelantado en el veredicto de las penas del pasado 11 de diciembre y fija un criterio que marca un antes y un después en la jurisprudencia local sobre corrupción y financiamiento político.

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La última audiencia de cesura de la estafa con planes sociales donde se leyó el veredicto. El abogado defensor penalista Fabián Flores y la defensora oficial penal, Carolina Johansen.

La última audiencia de cesura de la estafa con planes sociales donde se leyó el veredicto. El abogado defensor penalista Fabián Flores y la defensora oficial penal, Carolina Johansen.

La sentencia escrita y más larga que el veredicto leído hace tres semanas está más “cuidada”, en las consideraciones que hicieron los jueces, sobre todo la de Kees que levantó polémica y un cruce con la jueza Carina Álvarez, por su desempeño en la causa Temux en 2022. Se había deslizado que en esa época había condiciones de “impunidad” y no alternancia democrática, con el MPN como favor influyente en la justicia. En la sentencia escrita, todo eso está morigerado.

Por esa polémica, hay un pedido de "investigación hacia el juez Kees por sus dichos, aparentemente en los medios de prensa. Incluso un planteo de la jueza para no integrar preventivamente ningún tribunal con el mencionado magistrado, un reclamo que está en la Superintendencia del Tribunal Superior de Justicia.

Planes sociales, el rol del MPN

Uno de los aspectos más sensibles del fallo es que el tribunal tuvo por acreditado que parte del dinero sustraído de los planes sociales tuvo como destino el financiamiento político.

En ese sentido, los jueces señalaron que “la maniobra tuvo como finalidad financiar ilegalmente al partido político Movimiento Popular Neuquino, comprometiendo de este modo el sistema electoral, base de la forma republicana de gobierno”. Más allá de esta etapa de condenas, nunca se pudo comprobar adonde fueron a parar los fondos.

Y agregaron que el daño fue más que lo económico. “No es un dato menor que esos fondos se hayan utilizado para distorsionar el funcionamiento de los partidos políticos e influir o manipular el voto ciudadano, subordinando intereses clientelares al verdadero destino del subsidio", dijeron.

SFP Finaliza juicio por Estafa Planes Sociales (33)
El abogado Alfredo Cury fue uno de los condenados a 3 años y seis meses de prisión efectiva. Adelantó que impugnará al tribunal.

El abogado Alfredo Cury fue uno de los condenados a 3 años y seis meses de prisión efectiva. Adelantó que impugnará al tribunal.

Para el tribunal, este punto agrava el reproche penal, ya que la estafa no solo perjudicó al Estado provincial, sino que afectó directamente la calidad del sistema democrático.

El clientelismo como daño constitucional

El segundo eje fuerte del fallo es la caracterización del clientelismo político como una afectación institucional grave. Los jueces sostuvieron que “el clientelismo político desvirtúa el funcionamiento de los partidos políticos, conculcando directamente el artículo 38 de la Constitución Nacional".

“No es un dato menor que esos fondos se hayan utilizado para distorsionar el funcionamiento de los partidos políticos e influir o manipular el voto ciudadano, subordinando intereses clientelares al verdadero destino del subsidio". “No es un dato menor que esos fondos se hayan utilizado para distorsionar el funcionamiento de los partidos políticos e influir o manipular el voto ciudadano, subordinando intereses clientelares al verdadero destino del subsidio".

Y remarcaron que el perjuicio excede el plano penal: “Aquí no solo se perjudicó el erario provincial, sino que se afectó el normal desenvolvimiento de una institución tan estructural para nuestra democracia como lo es un partido político de relevancia”.

Por qué el tribunal rechazó comparar el caso con Temux

Uno de los debates más intensos del juicio fue el intento de las defensas de equiparar la causa Planes Sociales con el antecedente de la estafa de Temux al Banco Provincia de Neuquén, donde se habían impuesto penas en suspenso. Es por eso que algunos defensores pidieron igual tratamiento al tribunal de los planes sociales.

El juez Kees, en nombre del cuerpo, afirmó que “algunas defensas pretendieron que el caso aquí resuelto tenga las mismas sanciones de las impuestas en la causa Temux. Dicha petición no debe ser acogida favorablemente”.

Y explicó que la comparación fue genérica y sin sustento técnico. “La mera circunstancia de tratarse de casos de corrupción no habilita, por sí sola, a resolverlos de manera análoga", indicó el magistrado.

Por su parte, Juan Guaita y Luciano Hermosilla acompañaron ese criterio, y subrayaron que Temux ocurrió en otro momento histórico e institucional. “No es menor que los hechos juzgados en la causa Temux ocurrieron entre los años 2004 y 2005, prácticamente hace 20 años, bajo un sistema judicial distinto”, ampliaron.

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El fiscal del caso de la causa de los planes sociales, Juan Manuel Narváez.

El fiscal del caso de la causa de los planes sociales, Juan Manuel Narváez.

El fallo también puso el foco en los tiempos procesales, ya que “en el caso Temux, la duración total del proceso fue de once años. Esa demora no existió en el presente caso”.

Además, el tribunal marcó una diferencia sustancial en el daño social que alcanzó la causa por estafa con planes sociales. “No se trata de una administración fraudulenta más, sino de una que afectó planes sociales destinados a personas vulnerables, en un contexto de pandemia", indicaron.

La polémica con la jueza Carina Álvarez

Las referencias a Temux generaron una fuerte polémica institucional. La jueza Carina Álvarez, quien había intervenido en aquella causa, denunció a Juan Manuel Kees, al considerar que sus dichos implicaban una descalificación del proceso Temux y del contexto en el que se dictaron aquellas condenas.

Desde el tribunal, sin embargo, se dejó trascender que se habló de impunidad ni de irregularidades desde el punto de vista de algún magistrado, sino de diferencias objetivas de tiempo, sistema judicial y gravedad institucional.

En la sentencia definitiva, los jueces fueron explícitos en ese punto. “La falta de sanciones en otros casos o en otros momentos históricos no permite realizar deducciones favorables en el presente. Es una circunstancia de consecuencia neutra”, dijeron.

Y aclararon que “la mera remisión genérica a una causa anterior no puede ser vinculante ni mucho menos”.

El tribunal dejó sentado que la causa Planes sociales no puede leerse solo como una estafa, sino como un caso de corrupción estructural con impacto democrático, en el que el uso de fondos públicos para fines políticos, constituye un agravante central.

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Ricardo Sooiza, exdirector de Planes Sociales de la provincia y asesor privado en su momento del exgobernador Felipe Sapag. Siempre destacó que su rol era

Ricardo Sooiza, exdirector de Planes Sociales de la provincia y asesor privado en su momento del exgobernador Felipe Sapag. Siempre destacó que su rol era "político". "Hice mucho por esta provincia, no merecía este final", dijo.

El fallo también fija un mensaje hacia adelante, ya que los antecedentes del pasado no funcionan como un piso porque cada caso será juzgado según su contexto, su daño social y su afectación institucional.

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