Impusieron hasta cinco años de cárcel para los culpables de la explosión y muerte en Aguada San Roque
"No entendieron la magnitud de lo ocurrido", aseguró uno de los jueces al leer el veredicto, que dieron a conocer este mediodía.
Los jueces Maximiliano Bagnat, Ignacio Pombo y Lisandro Borgonovo decidieron por unanimidad las penas para los culpables de la explosión en la Escuela 144 de Aguada San Roque, que provocó las muertes de la docente Mónica Jara, el gasista Nicolás Francés y su sobrino Mariano Spinedi. Para cuatro de ellos, impusieron de cuatro a cinco años de prisión efectiva, menores a las solicitadas por la querella, aunque similares a las pretensiones de la Fiscalía. El quinto tendrá prisión condicional.
En el inicio de su alocución, Bagnat hizo mención a que ninguno de los funcionarios públicos “ha sido sumariado, no se tomó ninguna medida en relación a ninguno, todo siguió igual” y enfatizó: “Uno de los imputados contestaba los oficios, no hubo cambio de funciones ni ninguna otra medida que se pudiera adoptar hasta la culminación, al menos, de la investigación”. También hizo mención a “jubilaciones que fueron celebradas” y observó: “Esto nos permitió apreciar una falta absoluta de empatía, un abandono absoluto del Estado en relación a esta situación. Pareciera que no terminaron de entender la magnitud de todo lo ocurrido o se puede pensar que nada de esto les importó”.
El magistrado detalló los agravantes que consideraron al momento de determinar las penas. Entre ellos, mencionó los “incumplimientos a los deberes que debían cumplir conforme el pliego de bases, subcontrataciones irregulares, personal no idóneo, falencias mayúsculas, no requerir suspensión de suministro de gas, permitir el ingreso de personas ajenas cuando la misma no estaba finalizada, no colocar señale tica, no realizar ni exigir la prueba de hermeticidad”. Y remarcó: “No fue un solo incumplimiento en los deberes, fueron varias negligencias”. Bagnat aseguró que también computaron como agravante el peligro o riesgo al tratarse de una obra pública. Por el contrario, descartaron como agravantes “el perjuicio económico a la administración pública" y tampoco se tuvo en cuenta "el daño y la confianza de la sociedad en las instituciones del Estado".
Para Sergio Percat (director de Obras Contratadas), se impusieron 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación perpetua para cargos públicos e inhabilitación para ejercer como ingeniero por diez años. El fiscal Gastón Liotard había solicitado 6 años de prisión, mientras que la querella había requerido 9 años de prisión. Los delitos fueron estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor), en concurso real con administración fraudulenta (coautor), en concurso ideal con falsificación ideológica de documento público.
Para Diego Bulgheroni (arquitecto de la empresa Arte Construcciones SRL), la pena definida fue de cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación para ejercer como arquitecto por 9 años. En este caso, la fiscalía solicitó 5 años de prisión y la solicitud de la querella fue de 8 años. El delito adjudicado fue estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor).
En tanto, los funcionarios públicos Carlos Córdoba y Raúl Capdevila (directores de Obras Públicas) fueron condenados a cuatro años de cárcel, inhabilitación para ejercer cargos públicos de forma perpetua e inhabilitación como maestro mayor de obras por 8 años. La pena fue similar al pedido de la fiscalía, que fue de 4 años y seis meses, pero la mitad de la pretensión de la querella, que pidió 8 años. Ambos fueron condenados por Estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor), en concurso real con administración fraudulenta (coautor).
En cambio, a Héctor Villanueva (dueño de Arte Construcciones SRL) le impusieron tres años de prisión de ejecución condicional, con el cumplimiento de reglas de conducta por 4 años, más la obligación de realizar trabajos no remunerados en una institución de bien público. En este caso, la fiscalía hizo una solicitud de 4 años, mientras que el pedido de la querella fue de 6 años y seis meses. El delito fue estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor), en concurso real con administración fraudulenta (partícipe necesario).
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