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Marcha atrás para tres acusados por los planes sociales: quiénes son y qué podría cambiar en el juicio

Un Tribunal de Impugnación aceptó la revisión de tres acuerdos que habían sido desestimados por una jueza. Los detalles.

Un Tribunal de Impugnación, integrado por las juezas Patricia Lupica Cristo, Estefanía Sauli y el juez Nazareno Eulogio, resolvió seis planteos realizados por las defensas de cinco imputados en la causa por la estafa con los planes sociales en Neuquén.

La causa, que implica acusaciones por asociación ilícita y defraudación por más de $153 millones de pesos, sigue en desarrollo. Esta resolución aborda decisiones previas de la jueza de garantías, Carina Álvarez, quien había tomado determinaciones sobre los acuerdos alcanzados, entre las defensas y los acusadores.

Entre los imputados se encuentran Valeria Honorio, Rodolfo Andrés López y Adrián Alfredo Meza Lizama. A estos tres se les otorgó la posibilidad de que sus acuerdos sean nuevamente evaluados en una nueva audiencia, esta vez frente a otro juez de Garantías.

jueza carina alvarez
Causa planes sociales. La jueza Carina Álvarez habría rechazado los acuerdos de tres imputados. Pero un Tribunal de Impugnación resolvió que se revean.

Causa planes sociales. La jueza Carina Álvarez habría rechazado los acuerdos de tres imputados. Pero un Tribunal de Impugnación resolvió que se revean.

Según el fallo, la decisión surgió de una votación en el Tribunal de Impugnación, en la cual la mayoría -Lupica Cristo y Eulogio- sostuvieron que la jueza Álvarez debió haber considerado la pena acordada desde una perspectiva resocializadora, conforme a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales que respaldan esta postura.

Planes sociales: habrá otra audiencia

Por otro lado, el tribunal rechazó los pedidos del abogado Alfredo Cury, uno de los imputados que ejerce su propia defensa, al considerarlos inadmisibles.

Cury había planteado que no había sido notificado de ciertos acuerdos y argumentó la necesidad de una impugnación. Sin embargo, los jueces determinaron que la situación no cumplía con el requisito de “imposible reparación posterior” que habilita una revisión.

Asimismo, el pedido de sobreseimiento por inimputabilidad presentado en favor de Ariel Krom fue rechazado, ya que el tribunal determinó que no presentaba condiciones de daño irreparable. Con esta decisión, se ratifica que tres de los acuerdos entre defensas y acusadores serán evaluados nuevamente, mientras que otros planteos han sido descartados.

La decisión del Tribual de Impugnación señala que los jueces de garantías tienen la función de revisar la legalidad y la razonabilidad de los acuerdos entre las partes, una postura compartida por los tres integrantes del tribunal.

Sin embargo, la jueza Sauli expresó su disidencia sobre la necesidad de una nueva revisión, lo que introduce un matiz en el análisis de este polémico proceso judicial en Neuquén.

Acuerdos: los que aceptaron las condenas

Las personas condenadas y llegaron a un acuerdo en su momento fueron Gustavo Roberto Mercado, Carolina Beatriz Hernández, Pamela Alejandra Rivera, Gesel Roxana Tarifeño y Pamela Alejandra Cea.

Aceptaron haber integrado la asociación ilícita con tareas de menor relevancia, como extraer dinero de los cajeros automáticos o cobrar cheques, para luego entregar la recaudación a los imputados Néstor Pablo Sanz o Marcos Ariel Osuna, quienes lo rendían a Ricardo Soiza.

Sólo uno de estos imputados desplegó otro tipo de conducta, al haber cobrado el alquiler de autos por fuera de lo que indica la ley de administración financiera y mediante cheques que se nutrían del dinero destinado al subsidio por desempleo.

En su resolución, la jueza Álvarez aclaró que los jueces "no son meros escribanos de lo que acuerdan las partes, sino que deben hacer un control de legalidad, y en este caso corresponde rechazar el acuerdo presentado, ya que de no ser así no se estaría respetando la razonabilidad y la proporcionalidad de la pena con respecto a los hechos, lo cual va en detrimento del carácter de prevención general que tiene una sanción penal y genera desconfianza en la justicia y una sensación de impunidad ante delitos de corrupción en perjuicio del Estado".

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