Osvaldo Llancafilo aclaró sobre la redacción del artículo de la Zona Fría: ¿Qué pasó?
El diputado nacional por el MPN hizo un pedido expreso en la sesión donde se trata la Ley Ómnibus, en un tema sensible para la tarifa del gas en Neuquén.
El diputado nacional por el MPN, Osvaldo Llancafilo polemizó en la sesión donde se está tratando en general la Ley Ómnibus, sobre un artículo sensible, relacionado a la Zona Fría en la tarifa del gas, que en su momento se quería eliminar dentro del paquete normativo.
Esa medida, entendieron los diputados neuquinos y hasta el propio gobernador Rolando Figueroa, iba a tener un gran impacto, con una tarifa un 40% más cara, en las provincias patagónicas y en especial Neuquén.
Llancafilo se refirió a que el oficialismo quiere eliminar directamente el artículo 292 de la Ley Ómnibus, referido a la Zona Fría, pero el diputado neuquino aclaró que lo que se busca es otra redacción.
“Sobre el artículo 292 concretamente, que es el que denominado zonas frías, quiero dejar hecha la aclaración que si bien el oficialismo está planteando eliminar el artículo del dictamen, nosotros tenemos observaciones sobre su modificación para su posterior tratamiento, sobre una redacción distinta a la que originalmente se había planteado y que fue tratada ayer en labor parlamentaria”, aclaró Llancafilo, durante la extensa sesión para el tratamiento general que comenzó esta mañana.
Y acotó: “Lo quiero dejar claro porque plantean suprimirlo y nosotros entendemos que hay que modificar la redacción”, dijo.
Ese artículo del texto original, el 292 (del capítulo de los fondos fiduciarios energéticos) fue reemplazado por el dictamen de comisión por el artículo 198, que quedó redactado de la siguiente manera.
Ley Ómnibus: el capítulo nuevo de la Zona Fría
Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional dentro de los plazos previstos en el artículo 3° de la presente ley a modificar, transformar y/o eliminar los fondos fiduciarios del sector energético, inclusive los destinados a subsidios, revisando procedencia y destino de los mismos, con el fin de garantizar una mayor eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos que los integran y en el control al momento de su implementación y aplicación. En el marco del régimen de subsidios a establecer de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177 del Decreto N° 70 del 20 de diciembre de 2023.
La Secretaría de Energía tendrá en consideración y comprenderá la Zona Fría al momento de diseñar, reasignar y establecer el nuevo esquema de subsidios, a fin de evitar su duplicación.
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