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La Mañana reforma laboral

Cambios en licencias por enfermedad en la reforma laboral: en qué casos te pueden pagar el 50% del sueldo

El proyecto que obtuvo media sanción en el Senado incorporó modificaciones de última hora en el régimen de licencias por enfermedad.

Obtenida la media sanción de la reforma laboral en el Senado, uno de los puntos que generó mayor controversia fue la modificación introducida en el régimen de licencias por enfermedad. El cambio no formaba parte del texto original enviado por el Ejecutivo y fue incorporado minutos antes de que empiece el debate.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó que la reforma introduce un nuevo esquema de pago ante enfermedades o lesiones inculpables —es decir, aquellas que no derivan de la actividad laboral— y defendió la medida como parte de un intento por reducir “abusos” en determinadas licencias prolongadas.

Según detalló Sturzenegger en radio Mitre, cuando un trabajador sufre una enfermedad que “le sobrevino y no tiene nada que ver con su accionar”, el empleador deberá continuar abonando el salario durante el período correspondiente, pero ya no al 100%, sino al 75%.

En cambio, si la incapacidad temporal es consecuencia de una actividad voluntaria del trabajador —como un deporte recreativo— el porcentaje de cobertura se reduce al 50% del salario. “Si, por ejemplo, te lastimaste jugando al fútbol, es decir, en una situación en la que tomaste una acción activa y el empleador no tuvo nada que ver, en ese caso la cobertura es del 50%”, sostuvo el ministro.

Sturzenegger sobre la licencia por enfermedad

El funcionario señaló que el objetivo es evitar que determinadas licencias se transformen en situaciones de larga duración sin impacto económico para quien las solicita. “La idea es reducir licencias que se volvían prácticamente eternas”, afirmó.

El nuevo régimen también contempla que el porcentaje de pago puede variar según si el trabajador tiene o no carga familiar, lo que introduce un esquema escalonado en la cobertura salarial.

Las críticas a los cambios en la reforma laboral

El abogado laboralista y asesor sindical Matías Cremonte, en diálogo con Urbana Play, cuestionó la incorporación del artículo y sostuvo que el cambio “no estaba en el proyecto y apareció a último momento”.

Según explicó, la reforma introduce criterios que podrían dar lugar a múltiples interpretaciones. “Va a haber un abanico de interpretaciones. En qué actividad yo me pude representar que podía lesionarme y en cuáles no. ¿Si me voy de vacaciones y hago trekking? La interpretación va a dar lugar a mucho debate”, señaló.

MATÍAS CREMONTE

Cremonte advirtió que la reducción del salario durante las licencias puede generar un efecto indirecto: que trabajadores concurran enfermos a sus puestos para evitar una merma en sus ingresos, algo que ya ocurre, pero podría incrementar la escala.

En la actualidad, la Ley de Contrato de Trabajo establece que, ante una enfermedad inculpable debidamente certificada, el trabajador tiene derecho a percibir la totalidad de su salario durante un período que puede extenderse hasta seis meses —o doce, según la antigüedad—, siempre que exista certificación médica. El empleador, por su parte, puede ejercer control médico y cuestionar el certificado si lo considera necesario.

Lo que ocurre es que, a pesar de percibir sus salarios completos, pierden el presentismo y otros ítems que representan una buena parte del sueldo.

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