Es la que lidera Cruz Cárdenas con la agrupación Lof Paillako. El juez federal de Esquel autorizó el uso de la fuerza pública, pero ordenó medidas para evitarlo.
El juez federal de Esquel Guido Otranto resolvió hacer lugar a la demanda de la Administración de Parques Nacionales (APN) y desalojar al líder mapuche Cruz Cárdenas y sus seguidores de las zonas conocidas como ex Población Felidor Salinas, Seccional El Maitenal, valle del Arroyo Cascada, dentro de la Reserva Nacional Los Alerces, en Chubut.
De esta manera, responde a la presentación que realizó a principios de julio el presidente de la Administración de Parques Nacionales, Cristian Larsen, para terminar con la toma de tierras que se inició en 2020, liderada por el ex empleado de Parques Nacionales que trabajaba en la prevención y extinción de incendios.
El funcionario del nuevo gobierno había emplazado a los ocupantes, la agrupación mapuche Lof Paillako, que encabeza el ex empleado del organismo nacional Cruz Ernesto Cárdenas.de Cárdenas y Salinas, a abandonar en forma pacífica la zona en un plazo de 30 días, a contar desede el 4 de junio.
Cuando se llevó la notificación de la APN a los ocupantes, éstos se negaron a recibirla y el escrito quedó colgado en una casa precaria del lugar. Ordenaba desocupar y desmantelar las construcciones realizadas sin autorización y retirar los bienes que fueran de propiedad de los intrusos.
Vencido el plazo, el organismo nacional recurrió a la Justicia Federal, que ahora dispuso el desalojo, a ser ejecutado por el oficial de justicia de Esquel.
Larsen acusó a Cárdenas de ser un falso mapuche y lo involucró en incendios intencionales que se registraron en Los Alerces, algo que reiteradamente es desmentido desde la agrupación, que alega derechos ancestrales sobre las tierras que ocupa.
En la orden del desalojo, Otranto hacer referencia a que en 2015 y 2016 hubo incendios intencionales en zonas próximas a Villa Futalaufquen y a El Maitenal, iniciados con evidente conicimiento tecnico poara evitar que las llamas fueran controladas rápidamente por los bomberos y refirió que en ese entonces Cruz Cárdenas ya se enfrentaba con la APN y “había rumores de que era quien había iniciado” el fuego.
Del mismo modo, el juez consideró que “la vía a la que acudieron los demandados para ejercer el derecho a poseer tierras de ocupación tradicional indígena no está reconocida por el ordenamiento jurídico, constituye un hecho delictivo y por lo tanto -como nadie puede beneficiarse de su propio hecho ilícito- no puede dar lugar a que se amparen en la ley 26.160 para suspender el lanzamiento requerido por la parte actora”, en referencia al desalojo.
La orden de "expulsión" en Chubut
En su resolución fechada el miércoles 7 de agosto, el magistrado dispuso “la expulsión de Cruz Ernesto Cárdenas, María Belén Salinas y de cualquier otro ocupante y/u ocasional morador/a que se encuentre asentado/a ilegalmente dentro de las zonas” referidas.
“En caso de encontrarse con resistencia por parte las personas que ocupan el territorio, podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública y a allanar las viviendas si fuera necesario” puntualiza el juez.
Además, dispone que “atento a las características del territorio, el Oficial de Justicia estará facultado a sortear cualquier obstáculo material que impida arribar al lugar concreto donde se encuentren las viviendas y podrá traspasar tranqueras, romper candados y mover elementos que impidan la circulación en los caminos”.
El eventual desalojo deberá llevarse a cabo en horario diurno dentro del plazo de 15 días contado a partir de la recepción del mandamiento de constatación por parte del Oficial de Justicia de este juzgado.
Agresiones a guardaparques
El juez también da cuenta de antecedentes de agresión a guardaparques por parte de los ocupanes, por lo que ordena dar intervención al Jefe de la División Unidad Operativa Federal Esquel de la Policía Federal “a fin de que designe al personal que estime idóneo para acompañar al Oficial de Justicia en la materialización de la medida y custodiar su integridad física”.
Además, dispuso que el el funcionario de su juzagado podrá pedir colaboración a personal de la ANP y del PNLA, y recabar información a través de entrevistas con personal de parques o con quienes residan en las cercanías del territorio ocupado.
Es que al mismo tiempo, Otranto busca evitar confrontaciones, por lo que pide que previamente se realicen distintas diligencias orientadas a lograr una desocupación pacífica, a partir de una constatación judicial del territorio.
El juez quiere saber si hay mujeres y niños
El juez destaca que “durante el cumplimiento de la constatación se buscará hacer saber a quienes ocupen el territorio de la existencia de la presente causa, identificándolos y previniéndoles que el lanzamiento que oportunamente se ejecute producirá efectos contra todos ellos”.
Además, ordena al Oficial de Justicia “recabar información sobre la cantidad de personas que se encuentran en el lugar; detallando principalmente si hay mujeres, niños, niñas y adolescentes”.
Recién después de ese reconocimiento para recabar información, se podrá fijar fecha para el eventual desalojo.
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