Existe un límite de dinero en efectivo en 2024 que se puede llevar al exterior y es clave saberlo, además de conocer las disposiciones del país de destino.
Al momento de realizar un viaje al exterior, sea por placer, por trabajo o por cualquier necesidad, no solo hace falta prepararse bien, hacer los trámites requeridos y armar bien la valija, sino también resolver cuánto dinero en efectivo vamos a llevar, ya que hay un límite y, de superarlo, podemos enfrenar graves problemas.
Es por eso que más allá de saber cuáles son las compras que haremos en el país de destino, las excursiones o atracciones que visitaremos y el dinero que vamos a necesitar para movernos durante esos días, es clave conocer cuáles son los montos de dinero en efectivo máximos permitidos por Aduana para llevar al exterior.
Superar el límite de dinero establecido puede resultar en sanciones significativas, por lo que hay que estar alerta de este tema al momento de entrar o salir del país por cualquiera de las vías.
¿Cuánto dinero se puede llevar al exterior desde Argentina?
Según el requisito que exige la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las personas que viajen al exterior desde Argentina pueden ingresar y sacar sumas de hasta 10.000 dólares (o su equivalente en otra moneda), siempre que se trate de personas mayores de 16 años.
En el caso de menores de 16 años el monto es inferior: se puede ingresar y sacar hasta 5.000 dólares. Este límite se computará por cada viajero o tripulante e incluye tanto dinero en efectivo como instrumentos monetarios (cualquier medio de pago tales como cheques y pagarés, por ejemplo).
Como el límite se aplica a cada individuo, una familia compuesta por dos adultos y dos menores de edad puede llevar un máximo de 30.000 dólares en efectivo.
Para la conversión de monedas deberá tenerse en cuenta el tipo de cambio comprador del día hábil inmediato anterior al del ingreso, comunicado por el Banco de la Nación Argentina.
De requerir el ingreso de un monto de dinero superior, deberá realizarse una declaración especial en Aduana, mediante el formulario OM 2249A. Los egresos monetarios superiores al monto permitido deberán realizarse por transferencia bancaria.
¿Qué cantidad de dinero se puede pasar por el aeropuerto?
A la hora de pasar por los aeropuertos, es muy importante tener en cuenta esos límites establecidos. Claro que a la hora de arribar o salir de otro país, también hay que conocer las disposiciones de esos gobiernos.
Por ejemplo, si el viaje tiene como destino los Estados Unidos y se realiza con toda la familia, es obligatorio presentar una declaración jurada si en conjunto sobrepasan los 10.000 dólares habilitados para entrar y salir de Estados Unidos. Es que ese cupo no es por persona sino por grupo familiar.
El Banco de España establece que "quien entre o salga de España con una cantidad igual o superior a 10.000 euros deberá realizar una declaración. Incluye también el desplazamiento desde o hacia países miembros de la UE y por cualquier medio: frontera terrestre, marítima o aeroportuaria".
El hecho de viajar con 10.000 euros o más sin declarar conlleva consecuencias legales: las autoridades podrán retener o incautar el dinero para investigar de dónde procede o poner una multa que oscilará entre los 600 euros hasta la mitad del dinero encontrado.
En cualquier caso, siempre es recomendable consultar la normativa aplicable en el país de destino, especialmente en el caso de los que no pertenecen a la Unión Europea. Si el viaje se realiza en automóvil los límites para ingresar o sacar dinero en efectivo del país sin declarar son los mismos.
¿Cómo justificar la necesidad de llevar más dinero en efectivo?
En el caso de necesitar llevar más dinero que el límite establecido, se deben seguir ciertos procedimientos. Esto incluye realizar transferencias y completar una declaración jurada donde se aclaren los motivos y el origen de los fondos. La documentación requerida puede variar:
- Facturación de los últimos 12 meses (en caso de ser monotributista o responsable inscripto).
- Documentos relacionados con una herencia, como la Declaratoria de Herederos.
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