ANSES confirmó que en febrero 2024 los jubilados también cobrarán un bono de hasta $55.000. Mirá las fechas de cobro y los detalles para recibir el monto extra.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó en las últimas horas la fecha de cobro de febrero 2024 para quienes tienen una Pensión No Contributiva (PNC), jubilación o pensión, que contarán este mes con un bono extra hasta alcanzar la suma de 160.712,61 pesos.
Las fechas de liquidación de haberes se hará según la terminación del DNI, y el organismo previsional mantendrá para este sector un bono de hasta 55 mil pesos. Al igual que en el primer mes del año, en febrero el monto extra será variable de acuerdo con los ingresos de cada jubilado.
Según el decreto 81, el beneficio será para quienes perciban un monto menor o igual a 105.712,61 pesos. Para quienes superen ese monto, el bono extra será igual a la suma necesaria para llegar a $160.712,61.
El calendario de cobro de la jubilación o pensión se adaptará por el fin de semana extra largo de Carnaval. ANSES también pagará el bono a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las Pensiones No Contributivas (PNC).
ANSES: ¿Quiénes cobran el bono extra de 55 mil pesos?
- Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC).
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (Puam).
- Titulares de la Pensión no Contributiva (PnC) por Vejez
- Titulares de la PnC por Invalidez
- Titulares de la PnC de Madres de 7 Hijos o más
“Para percibir la ayuda económica previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación y la misma no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”, indica el texto oficial del Decreto.
Y agrega: “En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la ayuda económica previsional”.
Pensiones no Contributivas (PNC): cuándo cobro en febrero de 2024
- DNI terminados en 0 y 1: jueves 1 de febrero
- DNI terminados en 2 y 3: viernes 2 de febrero
- DNI terminados en 4 y 5: lunes 5 de febrero
- DNI terminados en 6 y 7: martes 6 de febrero
- DNI terminados en 8 y 9: miércoles 7 de febrero
Jubilados y pensionados de la mínima: fechas de cobro febrero 2024
- Documentos terminados en 0: jueves 8 de febrero
- Documentos terminados en 1: viernes 9 de febrero
- Documentos terminados en 2: miércoles 14 de febrero
- Documentos terminados en 3 y en 4: jueves 15 de febrero
- Documentos terminados en 5: miércoles 17 de enero
- Documentos terminados en 6: lunes 19 de febrero
- Documentos terminados en 7: martes 20 de febrero
- Documentos terminados en 8: miércoles 21 de febrero
- Documentos terminados en 9: jueves 22 de febrero
Jubilaciones y pensiones mayores al haber mínimo: fecha de cobro febrero 2024
- DNI terminados en 0 y 1: viernes 23 de febrero
- DNI terminados en 2 y 3: lunes 26 de febrero
- DNI terminados en 4 y 5: martes 27 de febrero
- DNI terminados en 6 y 7: miércoles 28 de febrero
- DNI terminados en 8 y 9: jueves 29 de febrero
Nuevos aumentos en jubilaciones y pensiones, por decreto
La ley ómnibus que se votará en el recinto de Diputados incluye una nueva fórmula de movilidad jubilatoria. La actual seguirá hasta abril y luego el Gobierno quiere establecer aumentos para las jubilaciones y pensiones a partir de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El artículo 106 de la norma enviada por el nuevo Gobierno al Congreso suspende la aplicación del artículo 32 de la Ley 24.241 que establece la movilidad de los haberes por jubilaciones y pensiones, de la que también dependen la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, por ejemplo. También se suspende la vigencia para prestación básica universal, la compensatoria, el retiro por invalidez, por fallecimiento y por permanencia.
El proyecto faculta al Gobierno a establecer una fórmula automática de ajuste “teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”. “Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, dice el texto.
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