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Anses: cuánto se cobra de PUAM en enero 2024 y qué diferencia hay con la jubilación

La Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM) de ANSES les da cobertura social a los mayores de 65 años que no tengan aportes.

Además de la jubilación o pensión que cobran los adultos mayores en Argentina, aquellos que no tienen ningún tipo de aporte o no suman los años de servicio solicitados, tienen la chance de cobrar una PUAM (Pensión Universal para Adulto Mayor).

Debido a la eliminación de la Moratoria que permitía jubilarse sin aportes, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) cuenta con la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM) como una alternativa que les otorgue cobertura social.

Qué es una PUAM

La PUAM es una prestación que el Estado Nacional les paga a aquellos hombres y mujeres de 65 o más años de edad que no cuentan con ingresos previsionales de ningún tipo por no reunir los años de servicio requeridos.

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La PUAM les otorga cobertura de ANSES a los adultos mayores sin aportes.

La PUAM les otorga cobertura de ANSES a los adultos mayores sin aportes.

Al llegar a la edad jubilatoria (60 años para las mujeres y 65 para los hombres), los ciudadanos pueden tramitar su jubilación en ANSES siempre que cuenten con 30 años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o a otras cajas previsionales.

Pero como existen muchas personas que no reúnen esos aportes, el Gobierno Nacional ofrece la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM) para darles cobertura social.

Cuál es la diferencia entre la PUAM y la jubilación

El derecho a cobrar la PUAM es incompatible con estar jubilado o pensionado, y no se puede cobrarla y seguir trabajando para completar los aportes de una jubilación. Para obtener la PUAM, al igual que ocurre con la AUH, es necesario no cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión ni seguro de desempleo.

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ANSES les otorga la PUAM a quienes no cobran ni jubilación ni pensión.

ANSES les otorga la PUAM a quienes no cobran ni jubilación ni pensión.

La PUAM la puede solicitar cualquier ciudadano argentino (o naturalizado) mayor de 65 años que tenga al menos 10 años de residencia en el país. A quienes son extranjeros, se les exige una residencia mínima de 20 años en el país.

Si una persona cobra una pensión porque falleció su pareja jubilada, no tendrá derecho a la PUAM, y le conviene mantener esa pensión que suele ser de un monto mayor. Si fallece una persona que cobraba la Pensión Universal para Adulto Mayor, el viudo/a no gana ese derecho, pero sí puede puede solicitar una pensión.

¿Cuánto se cobra con una PUAM?

El monto de la PUAM es el equivalente al 80% de una jubilación mínima. Hasta fines de 2023, se actualizaba en forma trimestral por la ley de movilidad, algo que va a cambiar con el nuevo Gobierno.

Para la zona austral (está incluida la provincia de Neuquén), la PUAM se incrementa en un 40%. Las otras provincias que suman ese porcentaje son La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Sector Antártico, Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur.

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El monto de la PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima.

El monto de la PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima.

En diciembre, la ANSES confirmó el monto de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) con un 20,87% de aumento, por lo que se elevó a 84.570,09 pesos, una cifra que se mantendría al menos en enero de 2024.

¿Cómo tramitar una PUAM?

La tramitación de la PUAM se realiza de forma presencial en la oficina de ANSES más cercana al domicilio con turno previo (se puede sacar por Internet o por teléfono) y DNI. Como es innecesario verificar los aportes, a diferencia de cuando se solicita una jubilación, el trámite no suele demorar.

Para agilizar el trámite, se debe solicitar el certificado ante la Dirección Nacional de Migraciones que informen los períodos de residencia en el país. Además, toda persona que quiera mantener la PUAM, debe seguir viviendo en la Argentina.

Beneficios de Pensiones Universales para Adultos Mayores

  • Cobro del 80% de la jubilación mínima.
  • Cobertura y servicios de PAMI.
  • Cobro de Asignaciones Familiares por hijo, por hijo discapacitado, cónyuge y Ayuda Escolar Anual.
  • Si un beneficiario de la PUAM fallece, los familiares tienen derecho al pago del Subsidio de Contención familiar (Circular DP N° 18/17 de ANSES).

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