La medida se oficializó este lunes mediante la publicación del decreto en el Boletín Oficial.
El Gobierno Nacional dispuso, a través de un decreto firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Manuel Adorni, que se otorgará asueto administrativo al personal de la Administración Pública Nacional.
Mediante el decreto 883/2025 publicado en el Boletín Oficial, se establece que los próximos 24 y 31 de diciembre serán tomados como asueto ya que "tales fechas poseen un arraigado significado cultural, social y familiar para la población argentina y para quienes habitan en el territorio de la República Argentina, constituyendo tradicionalmente motivo de reunión, celebración y acercamiento entre familiares y seres queridos".
Es así que esta medida establece que los trabajadores no deberán concurrir a sus lugares de trabajo en vísperas de Navidad y Año Nuevo. A su vez, cabe destacar que este decreto no resulta aplicable a las entidades bancarias ni a las empresas y entidades financieras sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras.
¿Será fin de semana largo para estas fiestas?
Siendo asueto los días 24 y 31 de diciembre, los empleados no cumplirán sus funciones durante dos días seguidos, dado que el 25 de diciembre y el 1 de enero, son feriados inamovibles, por lo que el personal que deba trabajar en esas fechas cobrará el doble.
Lo cierto es que en este 2025 Nochebuena, es decir el 24 de diciembre cae miércoles, mientras que Navidad (25 de diciembre) será jueves. Esto deja un escenario particular para quienes buscan aprovechar el calendario laboral y los feriados de fin de año.
Pero la especulación acerca del fin de semana largo quedó descartada con esta nueva medida, ya que el viernes 26 y 31 de diciembre serán días laborales normales en todo el país.
Los feriados inamovibles son aquellos que deben cumplirse exactamente en la fecha establecida, independientemente del día de la semana en que caigan. En estos casos, para los trabajadores registrados implica descanso obligatorio, y para quienes deben llevar adelante su tarea de igual forma durante esas jornadas, la legislación actual dispone el pago de una remuneración especial.
Por el momento, estos serían los días de descanso para las fiestas de fin de año:
- Miércoles 24: jornada laboral habitual (o reducida, según empresa)
- Jueves 25: feriado nacional por Navidad
- Viernes 26: día laboral
- Sábado 27 y domingo 28: fin de semana
Feriados 2026: uno por uno, el calendario con todos los días libres para el próximo año
La existencia de estas pausas en la rutina diaria sirven para pensar en tiempos de descanso y para las proyecciones del sector turístico
La precisión del cronograma laboral del próximo año es clave para la organización de las empresas y de los trabajadores. En este sentido, el Gobierno fija el esquema anual, que implica feriados inamovibles, trasladables y días no laborables. Según la disposición, se pueden identificar cuáles serán los fines de semana largos y planificar en función de eso.
Cuáles son los feriados inamovibles del 2026
- Jueves 1 de enero: Año Nuevo
- Lunes 16 de febrero y martes 17 de febrero: Carnaval
- Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- Viernes 3 de abril: Viernes Santo
- Viernes 1 de mayo: Día del Trabajador
- Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano
- Jueves 9 de julio: Día de la Independencia
- Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María
- Viernes 25 de diciembre: Navidad
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