La mujer denunció que durante días desestimaron sus síntomas hasta que debió ser operada de urgencia. Un fallo condenó al municipio por la atención deficiente.
Un juzgado bonaerense condenó a una municipalidad a indemnizar con más de nueve millones de pesos a una paciente que sufrió graves complicaciones tras una cesárea en un hospital público. Según el fallo, hubo demoras en el diagnóstico y una respuesta médica inadecuada que agravó su estado de salud y la puso en riesgo.
De acuerdo con el fallo judicial, la mujer tenía 30 años al momento de los hechos y ya era madre de una niña nacida por cesárea en 1993. En 2006, durante su segundo embarazo, fue atendida y controlada por profesionales de un centro de salud municipal.
Cesárea, nacimiento y padecimiento físico
Durante el control prenatal, la paciente fue derivada al hospital para programar la fecha de la cesárea, que se fijó para el 8 de junio de 2006. Allí nació su hijo y permaneció internada varios días. La mujer relató que, tras la operación, empezó a experimentar dolores abdominales, cefaleas intensas y vómitos persistentes. Aunque informó esos síntomas al personal médico, el alta se otorgó el 12 de junio.
Durante el proceso judicial, la mujer afirmó que, tras la cesárea, informó reiteradamente al personal médico del hospital sobre los fuertes dolores abdominales, cefaleas y vómitos que padecía, pero su cuadro fue minimizado y le aseguraron que esos síntomas eran normales después de la intervención. Según consta en la sentencia, la paciente insistió en varias oportunidades por la persistencia de los dolores, pero sólo recibió respuestas que le restaban importancia a su malestar, lo que demoró la detección de la infección grave que luego obligó a su urgente reingreso y a una nueva cirugía para salvar su vida.
El fallo judicial
La resolución, dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo n.º 1 de Lomas de Zamora, detalla que la paciente regresó al hospital en sucesivas ocasiones por la persistencia e incremento de los síntomas. El 16 de junio, la atención médica incluyó un diagnóstico de infección urinaria, por lo que se le indicaron antibióticos y analgésicos. Ese mismo día, su estado empeoró y fue trasladada de urgencia a un hospital provincial, donde se le diagnosticó una peritonitis avanzada que requirió una nueva cirugía y una internación prolongada.
La mujer permaneció varios días en terapia intensiva y, tras ser trasladada a sala común, recibió el alta después de más de dos semanas. En su demanda, señaló que la mala praxis y la demora en el diagnóstico oportuno agravaron su cuadro, lo que derivó en secuelas físicas y psicológicas. Solicitó resarcimiento por daño corporal, daño estético, daño moral, daño psicológico, daño emergente y lucro cesante.
Según el peritaje realizado, la paciente no presentaba síntomas de alarma al momento del alta inicial, pero sí existió un error en la valoración de los síntomas durante la consulta posterior, cuando la infección ya se encontraba avanzada. El informe pericial concluyó que la falta de un diagnóstico temprano contribuyó al agravamiento del cuadro clínico.
La resolución judicial indicó que el diagnóstico inadecuado y la omisión de medidas oportunas constituyeron una prestación deficiente del servicio de salud por parte del hospital municipal. A partir de ese análisis, la jueza consideró acreditada la responsabilidad extracontractual de la municipalidad por la prestación irregular del servicio de atención sanitaria.
Indemnización
Sobre la indemnización, la sentencia estableció compensaciones por incapacidad física y psicológica, daños estéticos, daño moral y gastos médicos, mientras que rechazó el rubro por lucro cesante debido a la falta de pruebas documentales sobre la actividad laboral de la actora en ese momento.
La jueza fundamentó la cuantía de la indemnización en los dictámenes de especialistas que evaluaron el grado de incapacidad física y psicológica, así como el impacto de las secuelas en la vida cotidiana de la actora. El fallo dispuso una suma de cuatro millones para incapacidad física y psicológica, dos millones para daño estético, tres millones para daño moral y cinco mil pesos por gastos médicos, todas ellas a valores de la fecha de la resolución.
La mujer deberá recibir el pago dentro de los sesenta días de aprobada la liquidación. La resolución establece que el municipio deberá responder directamente por la deficiencia en la atención médica brindada en el hospital local.
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