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Monotributo actualización: categorías y montos en septiembre 2024

Luego de la sanción de la aprobación del paquete fiscal, así quedaron establecidas las categorías del monotributo en 2024.

A través de su sitio oficial, la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) estipula que las categorías del impuesto monotributo 2024 “van de la “A” a la “K” y se definen, entre otros parámetros, por el monto de ingresos brutos anuales”. Ese organismo añade que “si la actividad se lleva a cabo en un local o establecimiento, se deberá tener en cuenta la superficie afectada, el total anual de energía eléctrica consumida en kilowatts y el monto a pagar por el alquiler anualmente”.

Tras la aprobación de la ley 27.743, denominada “MEDIDAS FISCALES PALIATIVAS Y RELEVANTES” e impulsada por el Gobierno Nacional, variaron los valores y/o importes de facturación máxima anual en cada una de las categorías del monotributo, determinando de ese modo un nuevo monto mensual a abonar por los contribuyentes en 2024.

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La AFIP define que las categorías del impuesto monotributo van de la “A” a la “K”.

La AFIP define que las categorías del impuesto monotributo van de la “A” a la “K”.

¿Cómo quedan las categorías de monotributo 2024?

Desde agosto de 2024, las nuevas categorías del monotributo incluyen una facturación anual máxima que parte desde los 6.450.000 pesos para la categoría A y alcanza los 68.000.000 de pesos para la categoría K.

Algunos de las modificaciones que introdujo el denominado Paquete Fiscal –ley 27.743- al monotributo son la actualización de los parámetros de facturación, la eliminación de la diferenciación entre venta de cosas o prestación de servicios y la actualización de las cuotas del monotributo.

La cuota mensual del monotributo se calcula en función del ingreso que el monotributista perciba a lo largo de un año. Todas las categorías del monotributo engloban locaciones, prestaciones de servicios y venta de cosas muebles. En consecuencia, a partir del 1ro de agosto de 2024 las categorías vigentes del monotributo serán las siguientes:

  • Categoría A: $6.450.000
  • Categoría B: $9.450.000
  • Categoría C: $13.250.000
  • Categoría D: $16.450.000
  • Categoría E: $19.350.000
  • Categoría F: $24.250.000
  • Categoría G: $29.000.000
  • Categoría H: $ 44.000.000
  • Categoría I: $49.250.000
  • Categoría J: $49.250.000
  • Categoría K: $68.000.000

¿Cuánto se paga por cada categoría de monotributo?

La cuota del monotributo incluye el componente impositivo, los aportes a la obra social y a la jubilación. Tras la aprobación de la ley 27.743, publicada en Boletín Oficial el 8 de julio de 2024, estos serán los montos mensuales que deberán abonar los monotributistas según la categoría en la que se encuentren inscriptos:

  • Categoría A: $26.600
  • Categoría B: $30.280
  • Categoría C: $35.458 (productos) y $34.658 (servicios)
  • Categoría D: $45.443,80 (productos) y $44.343,80 (servicios)
  • Categoría E: $58.148,18 (productos) y $64.348,18 (servicios)
  • Categoría F: $69.783,00 (productos) y $80.983,00 (servicios)
  • Categoría G: $85.296,20 (productos) y $123.696,20 (servicios)
  • Categoría H: $170.734,68 (productos) y $280.734,68 (servicios)
  • Categoría I: $255.108,55 (productos) y $517.608,55 (servicios)
  • Categoría J: $311.931,97 (productos) y $626.931,97 (servicios)
  • Categoría K: $377.084,75 (productos) y $867.084,75 (servicios)
AFIP. Monotributo.
A partir de agosto de 2024, las nuevas categorías del monotributo incluyen una facturación anual máxima que parte desde los 6.450.000 pesos para la categoría A.

A partir de agosto de 2024, las nuevas categorías del monotributo incluyen una facturación anual máxima que parte desde los 6.450.000 pesos para la categoría A.

En su sitio web oficial, la propia AFIP detalla el cuadro de categorías que estipula el monto máximo a facturar por mes y por año por los monotributistas (se puede verificar mediante el enlace https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp).

Entre otros ítems, el organismo manifiesta que "el monto a abonar todos los meses dependerá de la categoría asignada en función de los parámetros establecidos para la facturación anual, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los gastos de alquiler del local comercial, si lo hubiera".

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