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Femicidio del barranco: por mayoría el jurado popular declaró a Ramón Alcides Reyes "culpable"

El hombre fue condenado por provocar la muerte de su ex pareja Mabel Fernández en contexto de violencia de género. El delito de femicidio prevé la pena de prisión perpetua.

Un jurado popular declaró este viernes penalmente responsable a Ramón Alcides Reyes por el femicidio de Mabel Rosana López Fernández, cometido en noviembre de 2025 en un barranco ubicado sobre la Ruta 13, en cercanías del puente de Kilka, entre Villa Pehuenia y Zapala.

El veredicto fue alcanzado tras cinco jornadas de juicio desarrolladas en la ciudad de Zapala. Luego de aproximadamente una hora de deliberación, nueve de los doce integrantes del jurado consideraron acreditada la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal.

De esta manera, declararon culpable a Reyes por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (femicidio), en carácter de autor.

La investigación y la acusación estuvieron a cargo del fiscal jefe Matías Álvarez, la fiscal del caso Laura Pizzipaulo y el asistente letrado Guillermo Rodríguez.

Con este veredicto, el proceso judicial ingresará en su etapa final. Será ahora el juez técnico Diego Chavarría Ruíz quien deberá fijar la audiencia de cesura, instancia en la que se debatirá la pena que deberá cumplir el condenado. Al tratarse de un femicidio agravado por el vínculo, el delito prevé la pena de prisión perpetua.

El femicidio del barranco

De acuerdo con la teoría del caso sostenida por la fiscalía durante el juicio, el femicidio ocurrió el 9 de noviembre de 2025 en un sector de la Ruta Provincial 13, a la altura del puente de Kilka.

Según la acusación, tras mantener una discusión con la víctima y ejercer violencia contra ella, Reyes condujo una camioneta hasta el borde del barranco y la arrojó al vacío con Mabel Rosana López Fernández en el interior del vehículo.

Como consecuencia de la caída, la mujer sufrió lesiones de extrema gravedad que le provocaron la muerte.

La fiscalía también acreditó que, instantes antes de que la camioneta cayera por el barranco, dos personas que viajaban junto a la pareja fueron obligadas por el acusado a descender del vehículo, quedando fuera de la escena momentos antes del desenlace fatal.

Una relación atravesada por la violencia de género

Durante el debate oral, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que no se trató de un accidente, sino de una acción deliberada de Reyes para quitarle la vida a su pareja en un contexto de violencia de género.

Esa teoría fue respaldada por el jurado popular, que por una mayoría de nueve votos declaró la responsabilidad penal del acusado.

El veredicto marca el cierre de la etapa de juzgamiento de los hechos y abre ahora la instancia en la que la Justicia definirá la pena que deberá cumplir el condenado por el femicidio de Mabel Rosana López Fernández.

De acuerdo con la formulación de cargos, los hechos comenzaron el día anterior, en la localidad de Moquehue, donde la víctima, el imputado y dos empleados se encontraban alojados en una cabaña en la que realizaban tareas de albañilería. Durante la noche, compartieron alcohol y, en ese contexto, A.R. agredió físicamente a la mujer: la golpeó en el rostro y en distintas partes del cuerpo.

La víctima logró huir en la madrugada y fue encontrada por los trabajadores en cercanías de la Ruta Provincial 13. Ellos decidieron acompañarla caminando hacia Villa Pehuenia, y durante el trayecto la mujer relató lo ocurrido y mostró sus lesiones, además de que se comunicó con su hermano para informarle la situación.

Horas después, en la zona de la Aduana, Reyes localizó a la víctima y la convenció de regresar en dirección a Cutral Co. La mujer se subió a la camioneta que conducía el imputado y en la que también viajaban las otros dos trabajadores que habían sido testigos de lo ocurrido. Ellos afirmaron que durante el trayecto la pareja discutió en guaraní, y que la víctima le decía a Reyes que no lo iba a perdonar por la agresión.

Al llegar a la zona del puente de Kilka, el acusado le pidió a los dos trabajadores que descendieran del vehículo, indicándoles que necesitaba hablar a solas con la mujer. En ese momento, y con la intención de matarla, colocó la camioneta en marcha, aceleró y desvió bruscamente el rodado hacia el precipicio. “La víctima no llevaba puesto el cinturón de seguridad y no pudo escapar del vehículo antes de la caída”, afirmó Pizzipaulo, quien dirige la investigación junto a la asistente letrada Margarita Ferreyra.

Sin embargo, la fiscal del caso afirmó que A.R., al indicar en el hospital en el que fue atendido que se trató de un accidente, intentó ocultar el femicidio. También consideró que, al tener doble nacionalidad (es oriundo de Paraguay) y disponer de medios económicos, podría fugarse.

Por su parte, la defensa planteó que no hubo una intención homicida, argumentó que el imputado también iba dentro del vehículo y sostuvo que se trató de “un accidente” y pidió que se califique el hecho como un “homicidio culposo”, lo cual quedó finalmente desacreditado.

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