Prostitución: luego de casi 5 años, la Tere Godoy y su hijo recibieron una probation
La Tere Godoy y su hijo Líder enfrentaban una acusación por facilitación de la prostitución por el prostíbulo que manejaban en San Martín al 600.
Luego de una causa que se extendió por casi cinco años, Teresa Godoy y su hijo Líder Godoy accedieron a una probation por la causa que les ganó una imputación por facilitación de la prostitución. La fiscalía no contaba con "víctimas" para llevarlos a juicio. Acordaron donar 30 litros de leche a un comedor.
Cabe recordar que el 31 de agosto de 2019, tras una investigación conjunta entre la Policía y la fiscalía que incluyó observaciones y escuchas, se allanó un prostíbulo ubicado en calle San Martín al 600. En el interior había 14 trabajadoras sexuales, argentinas y dominicanas.
Teresa Godoy -quien fue identificada por la acusación como la regenteadora del lugar- y su encargado de seguridad Alfredo Crespo fueron acusados del delito de facilitación de la prostitución (autora y partícipe secundario, respectivamente). Luego, la fiscalía acusó a Líder Godoy (hijo de Teresa) por ser una pieza clave para prestar colaboración a su madre, como partícipe primario del mismo delito.
La causa avanzó y, a fines de 2020, en la audiencia de control de acusación, el fiscal Andrés Azar pidió la elevación a juicio. Por su parte, el defensor Michel Rischmann -en representación de madre e hijo Godoy- pidió que los imputados accedan a una suspensión de juicio a prueba.
El juez Gustavo Ravizzoli, sin embargo, decidió sobreseerlos -algo que ninguna de las partes había pedido-, entendiendo que no había elementos suficientes para que la fiscalía sostenga su acusación.
Este fallo fue, meses más tarde, anulado por el Tribunal Superior de Justicia, que tomó la queja presentada por Azar y expresó:
"Se ha verificado que el juez de Garantías puso fin al trámite del proceso, dictando un sobreseimiento no instado por las partes y sin oír a las presuntas víctimas, en un caso en que era requerido por normas de orden público, impidiendo el ejercicio del derecho a la tutela judicial de las mismas; como así también, efectuó inferencias de pruebas ofrecidas que, por la etapa procesal en que transitaba el legajo, aún no habían sido producidas, para expedirse sobre cuestiones propias del juicio oral. En ese escenario, se considera que tales vicios revisten gravedad suficiente y configuran una vulneración al debido proceso que no puede confirmarse", reza el fallo del TSJ.
A continuación, se enumeraron las normativas que deberían aplicarse al caso, tales como tratados internacionales de derechos humanos, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belem do Pará" y la ley nacional de Protección Integral a las Mujeres No 26485, así como la Constitución Provincial de Neuquén y ley provincial provincial 2786 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Una causa de casi cinco años
Lo cierto es que la causa siguió dilatándose y, finalmente, llegó a una resolución este lunes en audiencia, gracias a que las partes llegaron a un acuerdo.
"Se llegó a este momento con un arduo trabajo entre la fiscalía y la defensa, ya veníamos hablando de una solución alternativa al conflicto y, el problema con el que se encontró la fiscalía al querer ir a juicio es que, de las 14 supuestas víctimas, no podían localizar a ninguna para traerlas a juicio a que declaren y de las 14, nosotros pudimos aportar la declaración de una de ellas que está en Buenos Aires y expresó que no se considera víctima, que no quiere ir a más audiencias y que Teresa Godoy era compañera de ella y tenían una excelente relación", contró el defensor Rischmann a LMNeuquén.
De hecho, "la Tere" -delegada neuquina de la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (AMMAR)- había asegurado a este medio luego de ser imputada: “No soy ninguna regenteadora como dijo la fiscalía, soy una trabajadora sexual precarizada. Con lo que sacamos todas las compañeras, pagamos los distintos gastos como alquiler, preservativos, impuestos y demás”.
Para luego, ahondar en un histórico reclamo: “Somos putas y queremos trabajar de putas. Yo tengo trabajo, no necesito trabajo. Hay gente que sostiene que nos quieren rescatar y sacarnos de la actividad y nosotras queremos trabajar de esto, sino estamos yendo en contra de nuestras propias decisiones y elecciones”.
Así fue que, finalmente, las partes presentaron este lunes ante el juez Gustavo Ravizzoli un pedido de declaración de la inconstitucionalidad parcial del artículo 108 del Código Procesal Penal neuquino, que establece los requisitos para la probation y establece que podrán acceder aquellos imputados por delitos para los cuales está prevista una pena de tres años de prisión o menor.
"Este delito (facilitación de la prostitución) prevé 4 años de prisión, por eso lo solicitamos. Logramos la declaración de inconstitucionalidad de ese punto y pedimos que se les dicte (a Teresa y Líder Godoy) una suspensión de juicio a prueba a un año", comentó el defensor particular.
Dentro de las pautas acordadas, además de las de rigor, se les ordenaron comparendos trimestrales ante la Dirección de Población Judicializada y el pago de una reparación simbólica consistente de 30 litros de leche cada uno, que serán destinados a un comedor de Neuquén.
"Planteamos que no había víctimas, el principio de última ratio y, que a casi cinco años de proceso y habiendo pasado por 81 audiencias, era necesario dar una solución a los imputados", expresó Rischmann.
Ravizzoli dictó la probation para ambos y así dio por concluida la causa, que podría retomarse en caso de que los imputados incumplan alguna de las pautas de conducta.
En cuanto a Alfredo Crespo, se supo que el imputado accedió por tener una participación secundaria, también a una probation durante 2023.
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