Publicó fotos íntimas de su ex y difundió sus datos de contacto: qué decidió la Justicia
Esta semana se conoció el fallo, a favor de una joven que sufrió la difusión del contenido sin su consentimiento, así como también suplantación de su identidad.
Otra joven de Neuquén que se vio afectada por la difusión de contenido íntimo por parte de su expareja se vio una vez más protegida por la Justicia neuquina, que ya falló a su favor. La Defensoría Pública Civil promovió la remoción de las fotos y otra información sensible y logró notificar al agresor, que vive en otro país.
Según informó el defensor civil Otto Closs en diálogo con LU5, la víctima mantenía con el denunciado una relación de pareja "a través de medios digitales", dado que se daba la particularidad de que el joven reside en el extranjero. Tras finalizar la relación sentimental, el denunciado comenzó a difundir material íntimo y datos sensibles de la mujer, y a exponerla en diversas plataformas digitales -que incluyeron redes sociales y al menos una página web de contenido para adultos-, lo que le generó episodios de ansiedad y afectó su vida cotidiana y la llevaron a radicar la denuncia, primero en comisaría.
Luego, por una cuestión de competencia tras analizar el vínculo entre víctima y denunciado, la causa pasó al Juzgado de Familia N°6 a cargo de la jueza Adriana Luna, y la representación de la joven afectada quedó en manos de la Defensoría Pública Civil N° 1, a cargo de Closs.
"Nosotros lo que hicimos fue pedir medidas protectivas que, si bien es frecuente que en el Juzgado tramiten procesos como estos, en este caso nos parece que hay dos puntos fundamentales", detalló.
En primer lugar, el defensor público destacó que la primera arista que planteaba la complejidad de la causa fue que el agresor reside en el extranjero, por lo que se requirió una "flexibilización" de los medios de notificación. Para notificarlo judicialmente como dictan los protocolos, se requiere de una cooperación entre países y la comunicación por exhorto internacional planteaba una demora que el defensor no quería padecer en este proceso. Por ello, "sin perjuicio" de hacerlo como dicta el proceso habitual, se solicitó que se habilite la notificación por correo electrónico y por WhatsApp, algo que el Juzgado interviniente acompañó.
Por otro lado, en su presentación, la Defensa solicitó la intimación para las páginas y plataformas donde se halló el contenido, para que procedan a la supresión inmediata de los contenidos publicados. Pero también requirieron un extra: el aseguramiento de los datos informáticos vinculados a las cuentas del denunciado y de las publicaciones, con el objetivo de preservar la prueba digital.
Sobre esto, Closs explicó: "La víctima no solo ha padecido un malestar emocional importante, sino que no va a darse por satisfecha solo con remover este material, sino que va a promover otras acciones legales". Para esto, es necesario contar con la acreditación de la existencia de las publicaciones y la identidad del responsable por ellas, para poder, por ejemplo, requerir algún tipo de reparación en otro fuero.
También requirió que se ordenara a las plataformas el bloqueo de nuevas subidas mediante sistemas de rastreo (“hash-matching”).
Se hacía pasar por la víctima
La jueza interviniente, Adriana Luna, hizo lugar a lo solicitado y dictó medidas cautelares en el marco de la Ley 2785 de Protección Integral contra la Violencia Familiar y de Género y la Ley Nacional 27.736, denominada ley ”Olimpia”.
La resolución ordena a las empresas Instagram, TikTok y X (Twitter) la supresión de los perfiles y publicaciones identificadas y el resguardo de los datos informáticos durante 90 días, prorrogables por igual período. Además, dispone la prohibición de todo acto de perturbación o contacto por cualquier medio hacia la denunciante.
El defensor Closs explicó además la extensión la violación a la privacidad y el honor de la denunciante, detallando que “la difusión no consentida de contenidos privados incluyó la exposición de datos personales –documentos, domicilio real, institución en la que cursa sus estudios universitarios, etc.-, la creación y uso de perfiles falsos a nombre de la víctima, y mensajes con contenido agraviante y estigmatizante”. La gravedad del caso llegó al punto de que, haciéndose pasar por ella, concertó encuentros con hombres que se hicieron presentes en su domicilio.
En su fallo, la jueza destacó la responsabilidad de las plataformas digitales en materia de Derechos Humanos y la obligación de prevenir y mitigar los impactos derivados de situaciones de violencia digital.
En caso de incumplimiento, se evaluará la aplicación de sanciones previstas por la normativa vigente, incluida la inscripción del denunciado en el Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género (Ley 3233).
Te puede interesar...











Dejá tu comentario