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La Mañana justicia

Viajaban juntos por la montaña, el auto volcó y murió: ahora el conductor deberá indemnizar a la familia

La Justicia entendió que no pudo probar ninguna causa que lo eximiera. El hecho ocurrió en un camino de montaña del norte neuquino.

Un viaje entre amigos por la montaña terminó en tragedia y, años después, en una condena civil. La Justicia de Neuquén resolvió que el conductor de un vehículo deberá indemnizar a la pareja y a los hijos de un hombre que murió tras un violento vuelco, al considerar que no logró demostrar ninguna causa que lo liberara de responsabilidad.

El accidente ocurrió en diciembre de 2022, en la bajada El Centinela del Cajón de Navarrete, a unos 40 kilómetros de Manzano Amargo. Tres personas viajaban en un Jeep de dos puertas cuando, en una curva, el conductor perdió el control, el vehículo salió del camino y cayó por un barranco de unos 70 metros, dando varios tumbos. Uno de los ocupantes murió como consecuencia del impacto.

El rodado, equipado con jaula antivuelco, circulaba por un sector de montaña, con terreno irregular y condiciones que exigían una conducción precisa. Sin embargo, nada de eso alcanzó para evitar el desenlace.

El juez Martín Peliquero analizó el caso bajo la figura de “transporte benévolo”, es decir, cuando alguien traslada a otra persona sin cobrar, generalmente por amistad o confianza. Pero aclaró que eso no elimina la responsabilidad.

Tragedia en Manzano Amargo.jpg

Al tratarse de un vehículo —una cosa considerada riesgosa por la ley—, la responsabilidad es objetiva. En términos simples: la familia solo debía demostrar que hubo un daño y que ese daño se produjo en el hecho. A partir de ahí, era el conductor quien debía probar que existía una razón para no responder.

Y eso, según el fallo, no ocurrió.

Pericias clave y un punto en discusión

Uno de los ejes de la defensa había sido el uso del cinturón de seguridad. El conductor sostuvo que la víctima no lo llevaba colocado, intentando deslindar parte de la responsabilidad.

Sin embargo, la pericia accidentológica fue contundente: no se pudo determinar si el acompañante tenía o no el cinturón puesto. Además, el informe reconstruyó la mecánica del hecho y concluyó que el vehículo perdió el control, salió de la calzada y volcó.

A eso se sumó otro dato relevante: el peritaje mecánico describió al Jeep como inestable y con fallas en el sistema de dirección. Esa combinación, junto con las características del terreno, terminó siendo determinante.

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Para el juez, hubo un punto central: el conductor no logró mantener el dominio del vehículo. “La exoneración de responsabilidad debe surgir de manera clara y sin margen de duda”, sostuvo el magistrado, y remarcó que en este caso eso no se acreditó.

El peso de la pérdida

El fallo también pone el foco en quienes quedaron. La pareja y los hijos de la víctima fueron considerados damnificados indirectos, es decir, quienes sufren las consecuencias de la muerte en su vida cotidiana.

El juez explicó que el llamado “valor vida” no se mide por la vida en sí, sino por lo que esa persona representaba: ingresos, contención, rol familiar.

Además, reconoció un resarcimiento por daño moral. En estos casos, señaló, el sufrimiento se presume. No hace falta probarlo.

De todos modos, hubo un elemento que reforzó ese punto: una pericia psicológica determinó que la mujer presenta angustia, ansiedad y depresión que exceden un duelo habitual.

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