Vuelco en el proceso contra Federico Costich: no habrá otro juicio y solo deberá definirse la pena
El hombre que causó la muerte de su hijo tras incendiar su casa ya asumió su responsabilidad. Sin embargo, un tribunal había declarado nulo el acuerdo.
El proceso contra el hombre que provocó la muerte de su hijo al incendiar la casa ubicada en el barrio Cumelén de esta ciudad tuvo un nuevo capítulo y se descartó la realización de un nuevo juicio. De igual modo, resta el desarrollo de la audiencia donde se va a definir la pena de prisión que cumplirá.
El Tribunal de Impugnación declaró válido el acuerdo de responsabilidad penal que había sido homologado en marzo pasado en la causa contra Federico Costich, acusado por iniciar un incendio que provocó la muerte de su hijo y por agredir a su hija días antes.
La resolución se conoció tras la impugnación que presentó la defensa del acusado frente a un fallo de un tribunal colegiado integrado por los jueces Gustavo Ravizzoli, Andrés Repetto y Carina Álvarez, quienes habían decidido anular el acuerdo y retrotraer el proceso a la etapa de control de la acusación.
La fiscal del caso Lucrecia Sola, junto a la asistente letrada Agustina Bouyer, también solicitaron que se ratifique la vigencia del acuerdo.
"Se inmiscuyó en una tarea que no tenía"
Con el voto mayoritario de los jueces Richard Trincheri y Patricia Lupica Cristo, el Tribunal de Impugnación consideró que los jueces Ravizzoli, Repetto y Álvarez se extralimitaron en sus atribuciones, ya que su función se limitaba a determinar el monto de la pena a imponer y no a revisar la validez del acuerdo.
"El primer obstáculo que tenían era que la condena estaba firme", sostuvo Trincheri, quien consideró que "el tribunal se inmiscuyó en una tarea que no tenía". "No sólo es la parte de alegar, sino que hay que probar. Y solo la fiscalía y la querella saben si tienen la prueba para justificar la calificación legal", indicó el magistrado. También ponderó que "en este caso, quizás la única testigo presencial -víctima de una de las agresiones- no estaba en condiciones de acudir al juicio" y que eso fue valorado por las partes para buscar una solución alternativa.
El juez Nazareno Eulogio conformó el voto en disidencia.
De esta manera, quedó firme la declaración de responsabilidad penal de Costich, que había sido homologada en su momento por el juez de garantías Juan Guaita, y el proceso deberá continuar con la definición de la pena, ante un nuevo tribunal de juicio.
De acuerdo con la investigación de la fiscalía y la querella, el primer hecho ocurrió el 24 de marzo de 2024, cuando Costich agredió a su hija en su vivienda: la golpeó, la roció con insecticida y le provocó quemaduras en el rostro al prenderla fuego, tras mantenerla encerrada.
Culpable por estrago doloso seguido de muerte
El segundo hecho se produjo el 26 de marzo de 2024, en la misma casa, cuando inició un incendio intencional mientras su hijo dormía en la planta alta, provocando su muerte. Según la acusación, el imputado actuó bajo los efectos de drogas y alcohol, en un contexto de violencia de género y maltrato hacia sus hijos.
A partir del acuerdo, Costich fue declarado responsable por el delito de lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada (primer hecho), y estrago doloso seguido de muerte (segundo hecho).
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