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La Mañana

Apelan procesamiento de un policía

Se trata del efectivo acusado de haber asesinado a balazos a un joven en un tiroteo ocurrido el pasado 7 de julio, en Villa Ceferino. El abogado penalista que lo asiste reclamó su sobreseimiento.

También sostuvo que deben ser exculpados de toda responsabilidad penal los otros dos imputados a los que asiste técnicamente por el mismo delito.
 
Neuquén >
Un abogado penalista de esta ciudad rechazó el procesamiento con prisión preventiva del suboficial de la Policía provincial Daniel Alfredo Novoa, y reclamó su sobreseimiento. El letrado presentó un recurso de apelación ante la Cámara de Apelaciones de la provincia.
El uniformado cumplía servicio en la Comisaría 21 cuando fue acusado de haber asesinado a balazos a un joven utilizando una pistola calibre 9 milímetros provista por la institución, durante un tiroteo ocurrido el pasado 7 de julio en el barrio Villa Ceferino.
El doctor Carlos Ronda, quien también asiste técnicamente a José Orlando Almonacid Morales, de 56 años, y a su hijo Jorge Iván Almonacid Aguilar, de 21, planteó su disconformidad con la calificación del delito que se les reprocha y sostuvo que ambos también deben ser exculpados de toda responsabilidad penal.
El letrado señaló en el escrito que en el caso de no ser tenido en cuenta el requerimiento, el hecho debe ser calificado como homicidio en riña y de ser así, corresponde la excarcelación para los tres detenidos.
El suboficial de la policía provincial, padre e hijo Almonacid y un cuarto imputado identificado como Adrián Gago, que responde a otro grupo, se enfrentaron a balazos la tarde del 7 de julio pasado en el sector norte de las 414 viviendas, más precisamente, en la esquina de las calles Sánchez y Acosta, del barrio Villa Ceferino.
El cruce de disparos con pistolas 9 milímetros y otras armas de fuego se mantuvo durante algunos minutos y tuvo un saldo alarmante: dos muertos y un herido.
Las víctimas fatales fueron reconocidas como José Orlando Almonacid Aguilar, de 30 años, y Héctor Emanuel Pino, de 23.
El primero fue abatido de un disparo que impactó de lleno en su cabeza, en cambio Pino sufrió dos balazos en la zona abdominal. Los elementos de prueba logrados por el juez Cristian Piana demuestran que el policía fue el autor de la muerte del segundo.
La conducta de los nombrados fue sostenida por el magistrado como coautores del delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego y, además, dispuso un embargo sobre bienes de propiedad en forma individual, hasta cubrir la suma de 100 mil pesos.
 
Tiroteo
El enfrentamiento se produjo frente a una vivienda ubicada en la manzana 12.  Hasta allí llegó el Fiat Palio conducido por Novoa y sus acompañantes y familiares Almonacid, todos con armas de fuego.
En frente se hallaba el otro grupo, que también contaba con arsenal propio y era integrado por Adrián Gago, Pino y otro joven de nombre Cristian.
Entre las evidencias logradas, fueron secuestradas 22 vainas servidas en el lugar del enfrentamiento.
Se probó que todas ellas son calibre 9 milímetros y que de ese total siete fueron percutidas por el arma reglamentaria utilizada por el suboficial Novoa.
Las restantes 15 fueron disparadas por otra pistola de igual calibre, pero que no era la empleada por el policía. Esta no fue hallada hasta el momento y se presume que fue utilizada para terminar con la vida de José Almonacid Aguilar.
El juez Piana ponderó los resultados de los informes del Gabinete Bioquímico que concluyen en la presencia de restos de metales (plomo, bario y antimonio) en extremidades del policía Novoa y de José Orlando Almonacid.
Asimismo, para el juez cobra valor relevante comprobar la existencia de ocho impactos directos en el Fiat Palio en el que se movilizan Novoa y sus familiares Almonacid. Esto demuestra en forma palmaria que las dos víctimas fueron alcanzadas por disparos mientras iban dentro del auto.
Piana señaló en la resolución que del estudio del arma reglamentaria utilizada por Novoa se concluye que la misma está en correcto estado de uso y conservación, y se acreditó que de ella se efectuaron al menos ocho disparos hacia donde se encontraba el grupo adversario.
El titular del juzgado de Instrucción Cuatro concluyó finalmente que el policía “no solamente efectuó disparos contra el grupo que se encontraba sobre calle Sánchez, sino que es el autor directo del disparo que le causó la muerte a Emanuel Pino”.

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