Caso Galar: diez años y ocho meses para los imputados
Neuquén .- Tras una hora de lectura del fallo, el Tribunal Superior de Justicia se mostró a favor del cambio en la carátula a Homicidio Simple del caso, modificando la sentencia a diez años y ocho meses para para los imputados Juan Díaz y Leandro Serrano, por el homicidio del joven Javier Galar, ocurrido el 17 de junio de 2006.
La Sala Penal del TSJ tuvo un fallo dividido parcialmente ya que Guillermo Labate y Oscar Massei aceptaron casar el fallo de la cámara y fundamentaron que los agresores lejos de actuar de manera repentina, tuvieron el tiempo suficiente para pensar en sus actos y disipar su enojo. Además Labate dijo que los agresores estaban plenamente identificados por lo que no se puede considerar que haya sido un homicidio en riña.
Por su parte graciela Corvalán, apoyó parcialmente el voto de Labate, aunque consideró que se trató de una muerte en agresión acaecida luego de una disputa entre dos bandos.
El pasado 16 de junio se realizó una audiencia pública donde la familia de Galar amplió los argumentos del recurso de casación. Tras la lectura, la hermana del joven asesinado, Miriam Galar dijo que "están conformes con la sentencia, si bien habían pedido 15 años".
Agregó que "si tomamos en cuenta que se trata de la vida de una persona, diez años no es nada, pero al menos podemos decir que mi hermano descanza en paz".
En el 2009 la Cámara Segunda condenó a tres años de prisión efectiva a Leandro Serrano y Juan Díaz por la carátula de "Homicidio en riña" y además absolvió a Nicolás Chambla por el beneficio de la duda y a Esteban Larrat por falta de acusación fiscal.
Según las explicaciones de los magistrados en ese momento, se aplicó la figura de homicidio en riña porque "no se pudo establecer quién causó la muerte del joven".
Desde ese momento la querella presentó un recurso de casación para intentar modificar la denominación y pedir una condena de 15 años de prisión para los autores y hoy tuvieron la respuesta del STJ.
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