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La Mañana fiscal

Cómo será el jury que podría llevar a la destitución del fiscal Terán

Pasarán 21 testigos en estas cuatro jornadas que tendrán lugar en el recinto de la Legislatura de la Provincia de Neuquén. El fiscal general José Gerez se excusó de acudir personalmente y envió un escrito.

Por el jury contra el fiscal jefe de Cutral Co, Santiago Terán, acusado de tener un mal desempeño de sus funciones, pasarán 21 testigos, algunos de forma presencial y otra vía Zoom. Tras los alegatos del viernes, se sabrá si lo destituyen o no de su cargo.

Será un proceso que se iniciará este martes, con jornadas de doble turno que se extenderá hasta el próximo viernes. La audiencia general tendrá lugar en el recinto de la Legislatura de la provincia de Neuquén. Será el fiscal Marcelo Medori quien formule su alegato de apertura y sostenga la acusación ante el jurado.

Luego se le dará la palabra al propio acusado, Santiago Terán, quien ejercerá su propia defensa técnica. De ahí en adelante, desfilarán los 21 testigos propuestos entre el fiscal y el defensor para sostener sus hechos.

El presidente del Jurado de Enjuiciamiento, Germán Busamia, dijo que desde este martes y hasta el jueves tienen organizado terminar la recepción de la prueba, para que el viernes se escuchen los alegatos de cierre.

Del listado integrado por 21 testigos, algunos brindarán su declaración testimonial de forma presencial y otros, vía zoom.

“Los testigos son periodistas que se manifestaron en las entrevistas reprochadas al doctor Terán, cada parte sostuvo argumentos en base a testigos. También tenemos gente especializada en temática de género, ofrecida por el fiscal. Una referente nacional muy reconocida para que exponga su experiencia y su visión sobre algunos de los conceptos que expresó el doctor Terán”, sostuvo Busamia a LU5, en alusión a las declaraciones del acusado vertidas en distintos medios regionales y nacionales.

El magistrado confirmó que Terán, en ejercicio de su defensa, ofreció como testimonio personal con el que trabajó y gente con la que mantiene contacto en la vida privada, para que den cuenta de su conducta.

Dijo que participarán de este proceso de jury, distintos perfiles que tienen que ver con los hechos que ocurrieron entre el 31 de julio y 6 de agosto, ya sea para la acusación como para la defensa.

Confirmó que el fiscal General José Gerez realizó una presentación por escrito para ser eximido de la asistencia presencial en la audiencia de hoy. Tanto el fiscal como el defensor no manifestaron objeción, elaboraron un pliego de preguntas por escrito, que fueron respondidas y enviadas por Gerez a última hora de este lunes.

Gerez es uno de los tres denunciantes en este proceso de enjuiciamiento, hay una denuncia con una ampliación del doctor Gerez, hay una denuncia y ampliación del diputado Mariano Mansilla, y hay una denuncia del gremio Sejun.

Se denunciaron siete hechos o situaciones distintas que tienen como protagonista a Terán. Busamia explicó que la comisión especial, que intervino previamente al Jurado de Enjuiciamiento, dejó acusación por cuatro de esos siete hechos y descartó tres. “En este jurado dictamos un acta inicial en el que entendimos que podíamos avanzar sobre los cuatro. El fiscal Medori manifestó que decidió insistir sobre tres hechos y no va a manifestarse sobre uno que remonta a octubre 2019 en Cutral Co”, agregó.

El presidente del Jurado de Enjuiciamiento explicó que “el jurado es de procedimiento que analiza la responsabilidad de quienes trabajan en el Poder Judicial y ocupan cargos de juez, defensor o fiscal. Analizan su desempeño, en determinada faz de su actividad laboral o no, y apunta si se ha incurrido en dos causales posibles: la comisión de delito o de mal de desempeño”.

En este caso, indicó que lo que se le reprochó a Terán por parte de los denunciantes es con presunto mal desempeño por inconductas que se habría manifestado en declaraciones radiales y en una entrevista televisiva.

“Este procedimiento, habilita a aplicar dos tipos de sanciones: o se concluye con una sanción de suspensión de empleo de 1 a 60 días o la destitución del cargo. Esto está condicionado a que se declare la responsabilidad del funcionario en la comisión de los hechos que se reprochan, de no haber declaración de responsabilidad lo que hay es la absolución”, observó el magistrado.

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