Ambos proyectos fueron aprobados este jueves por el Senado. Las personas que donen gozarán de dos días de licencia.
El Senado aprobó casi por unanimidad la ley de promoción de la donación de plasma sanguíneo de recuperados de Covid-19 y la que declara de interés nacional la lucha contra la fibrosis quística de páncreas.
Ambas normas fueron aprobadas en una sola votación, pero la referida a donación de plasma fue por unanimidad con 67 votos, mientras que la ley sobre fibrosis quística tuvo tres abstenciones: las de Esteban Bullrich, Gladys González y Humberto Schiavoni, del PRO.
Las dos normas se aprobaron conjuntamente con la ley que incorpora al sistema de salud las recetas médicas electrónicas o digitales, que también fue aprobada por unanimidad.
Donación de plasma
La iniciativa del diputado nacional del Frente de Todos Máximo Kirchner, que fue acompañada en la presentación por su par del PRO, Cristian Ritondo, y aprobada esta tarde por unanimidad en el Senado, otorga una licencia especial para los donantes bajo relación de dependencia de dos días por cada donación de plasma que realicen.
La nueva norma reconoce a los donantes como "ciudadanos/as solidarios/as destacados/as de la República Argentina" y ordena garantizar el traslado de aquellos pacientes recuperados de Covid-19, aptos para ser donantes de plasma y que no tengan los medios para realizarlo.
Con la medida, se crea además un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 Donantes de Plasma, cuya información deberá resguardarse en cumplimiento de la ley 25.326 de protección de datos personales.
La autoridad de aplicación de la ley, a determinar por el Poder Ejecutivo Nacional, deberá garantizar que los donantes cumplan con los criterios de elegibilidad de acuerdo con los protocolos habilitados vigentes, y hayan expresado su consentimiento informado.
La ley sobre el tratamiento de fibrosis quística
Por su parte, la lucha contra la enfermedad de fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis es de interés nacional y este nueva ley dispone la obligatoriedad de dar cobertura integral a los pacientes para obras sociales y empresas de medicina prepagas.
Las obras sociales y las entidades de medicina prepaga tendrán a su cargo con carácter obligatorio la cobertura total del 100 por ciento de todas las prestaciones que sean indicadas por médicos profesionales y que necesiten las personas con fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, en un plazo de 30 días corridos para los casos no urgentes y de forma inmediata para los urgentes.
También tendrán cobertura del 100 por ciento todos los estudios de diagnóstico, tratamiento y control que se relacionen o deriven de la fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, como también el diagnóstico y tratamiento de los órganos que sean afectados por el avance de la enfermedad.
Estas patologías, sostiene la norma, contarán con la misma cobertura para tratamientos psicológicos y/o psiquiátricos y se expenderá un certificado Único de Discapacidad a las personas con diagnóstico de fibrosis quística confirmado por parte de la autoridad competente.
Le ley busca además establecer un régimen legal de protección integral, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que las personas con las enfermedades mencionadas alcancen su desarrollo e inclusión social, económica y cultural, garantizándoles desde el nacimiento una protección integral a nivel diagnósticos y de tratamientos médicos para lograr una adecuada integración social.
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