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La Mañana ANSES

Informá a la Anses tu ausencia del país y reingreso

Si salís del país por más de tres meses, o te radicás en un país sin Convenio de Reciprocidad, deberás comunicarlo a Anses.

Si sos jubilado o pensionado y salís de la Argentina por un período mayor a tres meses, o residís en forma definitiva en un país sin Convenio de Reciprocidad, debés comunicarlo a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para que no te suspendan el pago. En esta nota te enseñamos todo lo que tenés que saber para realizar el trámite:

Quiénes están exentos

Quedan eximidos de realizar este trámite aquellos jubilados o pensionados que viajen a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Reino de los Países Bajos, República de Colombia, Estados Unidos Mexicanos y Eslovenia, ya que existen Convenios de Reciprocidad entre la República Argentina y esas naciones. Así lo informa la Anses en su página web.

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Cuál es la documentación

Para realizar la gestión, el jubilado o pensionado debe presentarse en cualquier delegación de la Anses, con la siguiente documentación:

Si al trámite lo realiza un apoderado, también deberá presentar:

El trámite

El trámite es presencial sin turno. El jubilado deberá informarse a la Anses antes de viajar y al regresar.

El jubilado que cobra una Pensión no Contributiva por Invalidez debe solicitar un turno siguiendo este enlace.

Cómo realizar el trámite

1. Acreditá tus datos personales y vínculos familiares

Revisar previamente si tus datos personales y vínculos familiares están actualizados en Mi Anses o llamando al 130. Si no están actualizados, cuando vayas a la oficina de la Anses, llevá la documentación correspondiente.

2. Reuní la documentación

Si te vas del país por más de tres meses a algún país que no tenga convenio de reciprocidad con Argentina, reuní la documentación solicitada.

3. Presentate en una oficina de la Anses

Dejá asentado tu viaje en una oficina de la Anses. Presentate sin turno, con la documentación necesaria.

4. Avisá en la Anses cuando regreses al país

Deberás comunicarlo dentro de los 30 días y presentar pasaje de vuelta o pasaporte (original y fotocopia), según corresponda. Si reingresaste por medios propios, se te tomará una Declaración Jurada. En caso de postergar la fecha de regreso, deberás solicitar una prórroga.

Nota: Estos protocolos pueden variar por la pandemia de coronavirus. Consultá todo al 130 de la Anses antes de iniciar cualquier trámite.

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