Estafa con planes sociales: la Justicia ratifica la asociación ilícita y pide urgente determinación de la pena
El Tribunal de Impugnación ordenó designar un nuevo tribunal para determinar la pensa en la causas de Planes Sociales, ahora con nueva calificación
Tras revocar la absolución por asociación ilícita y condenar a los diputados por ese delito, la Justicia de Neuquén ordenó fijar de manera urgente una audiencia para determinar la pena a los ex funcionarios considerados responsables en la causa de estafa con Planes Sociales.
Una sala del Tribunal de Impugnación, presidida por el juez Andrés Repetto e integrada por las juezas Patricia Lupica Cristo y Estefanía Sauli, resolvió ayer anular la decisión de un juez de garantías que absolvía a los ex funcionarios del gobierno provincial.
Ahora, ordenó a la Oficina Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Confluencia designar un tribunal colegiado, diferente al tribunal de juicio, para que se realice de manera urgente una nueva audiencia de determinación de la pena en la causa Planes Sociales con esta nueva calificación legal impuesta.
El debate por la asociación ilícita
Aunque los condenados por defraudación al Estado no habían sido considerados responsables de integrar una asociación ilícita en perjuicio de las arcas provinciales, la causa de los Planes Sociales tuvo un giro este año, cuando la Justicia decidió revisar la calificación.
El último 20 de agosto, el Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Mauricio Macagno, Federico Sommer y la jueza Liliana Deiub, resolvió la impugnación presentada por la fiscalía.
Decidió revocar la absolución por asociación ilícita y condenó a los imputados por ese delito. Es por eso que ahora la Justicia ordenó realizar una nueva audiencia de determinación de la pena en base a esta nueva calificación legal con un nuevo tribunal.
Frente a esa resolución, las defensas presentaron recursos de impugnación extraordinaria ante el TSJ por la defraudación y de impugnación horizontal por la asociación ilícita. Paralelamente, solicitaron que un juez de garantías que suspendiera el plazo para ofrecer prueba para la cesura, entendiendo que ésta no debía realizarse hasta que se resolvieran las impugnaciones contra la condena por asociación ilícita.
La resolución del juez de garantías
El juez de garantías Juan Pablo Encina se declaró competente para intervenir y rechazó la suspensión de plazos solicitada, disponiendo que se debía cumplir lo resuelto por el Tribunal de Impugnación y avanzar con la determinación de la pena. Las defensas apelaron esa decisión ante otra sala del Tribunal de Impugnación.
La resolución del Tribunal de Impugnación
En la audiencia de ayer, el Tribunal resolvió anular lo resuelto por el juez de garantías, ya que un juez de una instancia inferior carece de facultades legales para revisar o modificar lo decidido por el Tribunal de Impugnación.
Por otra parte mantuvo íntegramente la resolución del 20 de agosto y ordenó a la Oficina Judicial adoptar, en un plazo perentorio, las medidas necesarias para concretar la audiencia de determinación de la pena. Esta resolución no constituye una decisión sobre los recursos presentados ante el TSJ contra la condena por asociación ilícita.
La estafa con los planes sociales
La causa investigó una presunta estructura montada para desviar fondos de planes sociales de la provincia. Según la acusación, se habría tratado de 9.303 operaciones irregulares, 8.708 extracciones con tarjeta por 125.412.400 pesos y 592 cobros de cheques por 27.970.300 pesos realizadas a nombre de beneficiarios que, en muchos casos, no existían o no habían autorizado los movimientos, mediante listados paralelos y cheques que terminaban endosados a personas ajenas a los planes.
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