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Estafa con planes sociales en Neuquén: liberan parte de los embargos

Un tribunal consideró que eran bienes adquiridos con anterioridad a la defraudación. La fiscalía impugnará ante el TSJ. Anticipan que el juicio podría ser en el segundo semestre del año.

El fiscal jefe Pablo Vignaroli presentará una impugnación extraordinaria para que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resuelva respecto de una parte de los embargos que, en el marco de la investigación por estafas con planes sociales en Neuquén, dejó sin efecto un tribunal de impugnación durante una audiencia realizada este viernes.

A fines de noviembre, la fiscalía de Delitos Económicos solicitó y logró que se dicten embargos e inhibiciones para proteger una serie de activos que, en poder de los y las imputadas en la causa, servirían para lograr un eventual resarcimiento a las cuentas públicas. De acuerdo con la investigación, el perjuicio alcanza hasta el momento un total de $153.377.900, aunque resta analizar información para precisar el monto.

Durante la audiencia realizada este viernes, un tribunal de impugnación conformado por los jueces Andrés Repetto y Nazareno Eulogio, junto a la jueza Patricia Lupica Cristo, hizo lugar a un planteo de un abogado defensor (que representa a los acusados Tomás Siegenthaler, Ariel Krom, Julieta Oviedo y Carolina Reznik) y dejó sin efecto esa medida respecto de dos autos y de una casa ubicada en un barrio cerrado.

Audiencia por estafa con planes desarrollo social (23).jpg

Los jueces consideraron que esos bienes habían sido adquiridos con fecha anterior al período que se investiga la defraudación.

Estos bienes conforman solo una fracción del capital comprendido por las medidas cautelares dictadas en el marco de la causa: 30 inhibiciones generales y 6 sobre propiedades inmuebles: una chacra y 5 casas; también los embargos de 26 vehículos, 63 cuentas bancarias, 17 billeteras virtuales y una cuenta comitente.

Tras la resolución, Vignaroli anticipó que en los próximos días presentará, junto al equipo de la fiscalía de Delitos Económicos, la impugnación extraordinaria ante la Sala Penal del máximo tribunal de la provincia.

“No se puede, en estos casos de corrupción, mirar para otro lado y dejar que no se asegure al Estado la posibilidad de hacerse de bienes de los imputados para resarcir el daño”, afirmó el fiscal jefe.

Agregó en declaraciones a la prensa que "nuestro objetivo es realizar el juicio en el segundo semestre del año, estamos terminando todo el análisis de la evidencia para elevar la acusación".

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Antecedentes de la causa

Según la teoría del caso, la investigación del Ministerio Público Fiscal alcanza a un grupo de exfuncionarios, empleados y empleadas del Poder Ejecutivo, a quienes les imputa haber integrado una asociación ilícita dedicada a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales con cheques y tarjetas de debido.

Discrimina distintos niveles de responsabilidad, poniendo como jefes a Ricardo Soiza, quien ocupaba la dirección general de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; a Néstor Pablo Sanz, director de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social; y Marcos Ariel Osuna, responsable de Gestión de Programas del mismo organismo. Recientemente, la fiscalía amplió la acusación inicial y sumó en el rol de “jefes” de la organización a otros dos funcionarios de alto rango: el exministro de Desarrollo Social Abel Di Luca y el ex coordinador de Administración de esa cartera, Tomás Siengentharler.

Allanamiento Estafas Planes Sociales 31-08-2022

Además de quienes están señalados al frente de la asociación ilícita, hay otros 26 imputados e imputadas - entre particulares; empleados y empleadas del Ministerio de Desarrollo Social y de la Contaduría General del Ministerio de Hacienda- con distintos niveles de participación en la maniobra.

Ya sea como jefes o como integrantes, todas las personas están acusadas por el delito de asociación ilícita, en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por el uso no autorizado de tarjeta de débito, 9.303 hechos en concurso real (artículos 210, segundo párrafo; 163, inciso 15; 174, inciso 5; y 45 del Código Penal).

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