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Ganancias: el Fiscal de Estado de Neuquén consideró inconstitucional la restitución a estatales

Raúl Gaitán apoyó el planteo de ATE para que no se hagan los descuentos a un sector de estatales. Horas clave para saber cómo se cobran los sueldos en agosto.

El fiscal de Estado de la Provincia, Raúl Gaitán, calificó como “inconstitucional” el artículo 81 incorporado por la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que fue el paquete fiscal votado en la sesión la Ley Bases. Así lo expresó en el escrito remitido este martes al mediodía al Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº2 de Neuquén, en respuesta al traslado que le confiriera la Justicia en relación a la acción de amparo interpuesta por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en contra de la restitución del impuesto a las Ganancias.

La jueza María Victoria Bacci le había dado 48 horas a la provincia para que conteste la demanda, que implica no innovar, y no realizar descuentos de los estatales, hasta que no se resuelva la cuestión de fondo: si es inconstitucional parte del paquete fiscal en el capítulo de Ganancias.

En ese sentido, ATE no sólo acudió al fuero provincial, interpuso un amparo en el Juzgado Federal de Neuquén, ya que se trata de una ley nacional. Pero mientras tanto, acudió a la justicia neuquina, para poder frenar los descuentos, de manera provisoria.

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El fiscal de Estado Raúl Gaitán apoyó los argumentos de ATE en la presentación judicial que hizo para que no se hagan los descuentos de Ganancias a trabajadores estatales alcanzados en la cuarta categoría.

El fiscal de Estado Raúl Gaitán apoyó los argumentos de ATE en la presentación judicial que hizo para que no se hagan los descuentos de Ganancias a trabajadores estatales alcanzados en la cuarta categoría.

Ahora resta saber cuál será la decisión de la jueza Bacci, a horas de la liquidación de los sueldos de julio en agosto, donde hay mucho río revuelto, ya que no se sabe exactamente a cuántos trabajadores podrían alcanzar los descuentos, en una provincia con altos sueldos promedio, más allá del petróleo.

Ganancias: la decisión de Raúl Gaitán

En petitorio de contestación a la demanda efectuado por ATE Neuquén, se solicita que se declare la admisibilidad de la acción de amparo y se dicte la medida cautelar. El fiscal Gaitán consideró que es admisible el planteo.

El Impuesto a las Ganancias está contemplado en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que fue el paquete fiscal, que se votó en la sesión de la Ley Bases.

La reforma establece que los trabajadores con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos (solteros) y 2,2 millones de pesos (casados) comenzarán a pagar el tributo a partir de los sueldos de julio, que se percibirán en agosto.

Esto inquietó a los trabajadores estatales de Neuquén, ya que los únicos exceptuados en la provincia, son los trabajadores petroleros de boca de pozo y los que cumplen tareas admirativas, pero directamente ligadas a la producción. Pero también hay otros sectores que están en vilo, y que no son estatales, como los trabajadores de la UOCRA, que se verán afectados.

El fiscal Gaitán emitió un dictamen en apoyo al planteo que hizo ATE. Analiza la inconstitucionalidad del Artículo 81 de la Ley 27.743, destacando que, según el Artículo 43 de la Constitución Nacional, se puede declarar la inconstitucionalidad de una norma en el marco de una acción de amparo.

La reforma establece que los trabajadores con sueldos brutos de 1,8 millones de pesos (solteros) y 2,2 millones de pesos (casados) comenzarán a pagar el tributo a partir de los sueldos de julio, que se percibirán en agosto.

En el texto argumentó que el Artículo 81 es inconstitucional porque interfiere con el reparto de competencias entre el estado federal y las provincias, viola el procedimiento de sanción de leyes y afecta el principio de igualdad tributaria y razonabilidad.

Además, el artículo de la ley infringe el principio de progresividad en derechos humanos.

“Se hace notar que el Art. 43 de la CN autoriza a declarar, en el marco de una acción de amparo, la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto lesivo. En razón de lo expuesto, esta parte entiende que es inconstitucional el Art. 81, incorporado por el Título V de la Ley 27.743- en tanto prescribe que resulta inaplicable cualquier norma de derecho público provincial, municipal y de los Convenios Colectivos del Sector público, que legisle y regule respecto de la naturaleza jurídica de ítems, adicionales o bonificaciones de los empleados provinciales o municipales", dijo el fiscal en la contestación de la demanda.

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Y acotó: "La Ley resulta inconstitucional por violar: a) el reparto de competencias entre el estado federal y las provincias, b) el procedimiento de sanción de las leyes, c) el principio de igualdad tributaria y razonabilidad, d) el principio de progresividad en derechos humanos”, dijo el fiscal en la contestación.

Maria Jose García Crespo, secretaria adjunta de ATE y empleada del Tribunal de Cuencas de Neuquén, fue una de las abogadas que trabajó en el amparo, y explicó a LMNeuquén que la medida cautelar fue presentada para que se dicte la nulidad del capítulo V de la ley nacional 27743 "porque se avasallan autonomías provinciales" y contó que además de hacer la presentación en el Juzgado Provincial se hizo también en el Federal por tratarse de una ley nacional.

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