El clima en Neuquén

icon
14° Temp
38% Hum
La Mañana Educación

La educación como servicio esencial en Neuquén: el polémico cruce por el proyecto

El ex legislador Mariano Mansilla salió a cuestionar la iniciativa impulsada por, entre otros, por el diputado provincial Marcelo Bermúdez. Los argumentos.

El tema de la educación siempre caló hondo en la sociedad neuquina. El martes fue la marcha por una universidad pública y este miércoles el ex legislador Mariano Mansilla trajo a colación el proyecto de ley que presentaron diputados de Arriba Neuquén, PRO y NCN que busca declarar la educación como un servicio esencial.

Mansilla abrió el debate y se preguntó si la educación es un derecho o un servicio y así salió al cruce del diputado del PRO, Marcelo Bermúdez, uno de los legisladores que firmó el proyecto de ley 16611, que tiene por objetivo “garantizar los 180 días de clases”.

El exdiputado y vicepresidente de la Legislatura provincial, señaló que “lo que pierde de vista el diputado Bermúdez es que la educación es un derecho, que el gobierno está obligado a garantizar. No un servicio. Considerarla de esta manera es bajarle un escalón en la pirámide jurídica”.

El diputado del PRO difunde el proyecto de ley en las redes e invita a la comunidad a firmar el petitorio. Mientras que Mansilla le recordó que la Constitución Nacional, en su artículo 14, define a la educación como un derecho, al igual que la ley de educación nacional 26.206, que en su artículo 2 específica: “La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”.

El exlegislador y abogado explicó que los derechos personalismos tienen una categoría jurídica superior a un servicio y, por lo tanto, una mayor protección. E incluso mencionó que la Organización Mundial del Trabajo (OIT) clasificó a los trabajos como “servicios esenciales” entre los cuales la educación no se encuadra.

SFP Primer dia de clases inicio ciclo lectivo colegios primaria (7).JPG

Lo que cuestiona el exdiputado provincial es que al declarar la educación como “servicio esencial” se la equipararía a cualquier servicio, que se puede comercializar como la luz o el gas. “Eso le abre la puerta a otro proceso que es el de la mercantilización y la privatización educativa”, remarcó e indicó que la trampa está en hablar de servicio, en lugar de derecho dado que este último implica el acceso a todas las personas.

“Incluso la educación como derecho también es una obligación constitucional de los padres de enviar a sus hijos a las etapas educativas que se definen como obligatorias. Estas relaciones jurídicas no son posibles en los servicios: no tengo derecho, por ejemplo, a viajar en colectivo. Si no pago el boleto no viajo, punto”, ejemplificó Mansilla.

Aclaró que los estudiantes no son clientes “y no podrían dejar de recibir educación por no pagar. Al contrario, gran parte del periodo educativo es obligatorio, es decir, un derecho y una obligación”.

Además, descartó que se pueda concretar que las escuelas permanezcan abiertas cuando haya un conflicto sindical.

¿Cuál es la función de las escuelas?

El exlegislador también cuestionó que el proyecto busca evitar que las medidas de fuerza afecten las responsabilidades laborales de las familias. “Entonces, ¿cuál es la función de la escuela? ¿Educar a los niños y jóvenes o ser el lugar donde los padres dejan a sus hijos para ir a trabajar? La respuesta que nos demos también sube o baja la vara respecto de la importancia de la educación en una sociedad”, enfatizó.

No obstante, señaló que es un debate que no se puede resolver con el proyecto que presentaron los diputados. Instó a no caer en simplificaciones “que solo buscan hacer demagogia”. Por el contrario, alentó a abrir el debate entre todos y rechazar este tipo de proyectos.

Puntos del proyecto que buscar declarar esencial a la educación

El proyecto de los diputados Arriba Neuquén, PRO y NCN establece en su artículo 2° que en el caso de que haya medidas de fuerza, la autoridad de aplicación debe garantizar la apertura de las escuelas, la permanencia de los estudiantes durante toda la jornada escolar, y el cumplimiento en cada jornada educativa de todos los niveles y modalidades del sistema educativo en el período de escolaridad obligatoria del 75% del dictado de clases, como mínimo. Y en los casos de establecimientos educativos especiales, escuelas-hogares y albergues, y los que cuenten con comedores escolares, el porcentaje será del 100%.

Embed

En palabras de los autores de la ley, los directores o responsables de cada escuela deberán informar diariamente las asistencias e inasistencias del personal a la autoridad superior.

Indicaron que las autoridades deberán garantizar que los servicios no prestados sean devueltos para completar la enseñanza de todos los contenidos del período lectivo. Y que “el incumplimiento de la ley se considera una falta grave y puede derivar en sanciones previstas en la legislación vigente”.

Además, se destaca que se pretende evitar que las medidas de fuerza afecten las responsabilidades laborales de las familias.

Te puede interesar...

Lo más leído

Leé más

Noticias relacionadas

Dejá tu comentario