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Narcotest en Neuquén: cómo será el control aleatorio de drogas a jueces y fiscales

El TSJ aprobó el protocolo por el cual se harán los sorteos semanales. Buscan transparencia en medio de debates por privacidad y constitucionalidad.

El Poder Judicial de Neuquén reglamentó el protocolo de implementación de la Ley N° 3.531 que regula la realización de exámenes toxicológicos (también llamado narcotest) a magistrados, fiscales y defensores. La medida llega luego de que el decreto reglamentario del Poder Ejecutivo no alcanzara a los otros poderes del Estado, obligando a cada uno a dictar su propia normativa.

El esquema aprobado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) establece un sistema de control periódico con selección aleatoria de funcionarios, bajo criterios de transparencia e imparcialidad. La instrumentación estará a cargo del Departamento de Salud Ocupacional junto con la Dirección de Gestión Humana.

¿Cómo se ralizarán los sorteos según el protocolo? Cada persona alcanzada por la ley tendrá un código identificador único, lo que permite que el proceso sea anónimo en su etapa inicial. A partir de allí, la selección se hará mediante un sistema informático aleatorio o sorteo, evitando cualquier tipo de discrecionalidad.

El sistema prevé que, en cada trimestre, se controle al 25% del total de magistrados y funcionarios. Sin embargo, ese universo no se define en un solo acto sino que el protocolo dispone sorteos semanales distribuidos a lo largo de todo el período trimestral. De este modo, se busca sostener un control continuo y no concentrado.

narcotest

Narcotest a funcionarios del Poder Judicial: control y confidencialidad

Para el primer trimestre de implementación, el criterio será amplio y se sorteará al 25% sin tener en cuenta antecedentes, ya que se trata del inicio del sistema.

Pero a partir del segundo trimestre hay una direrenciación. El 20% de los seleccionados deberá corresponder a funcionarios que nunca fueron sorteados, mientras que el 5% podrá incluir a quienes ya hayan pasado por el proceso. Esta proporción será determinada al momento de la codificación.

El protocolo también incorpora un elemento de control institucional externo que la Asociación de Funcionarios y Magistrados podrá designar un veedor para presenciar los sorteos, bajo estrictas reglas de confidencialidad.

En cuanto a la implementación concreta, las personas seleccionadas serán notificadas con un máximo de 24 horas de anticipación a través del correo institucional, donde se les informará el lugar, día y horario del examen.

Todo el procedimiento está atravesado por principios formales de confidencialidad, protección de datos personales —en línea con la Ley Nacional N° 25.326—, no discriminación y debido proceso. Incluso se establece que la difusión indebida de información sobre los testeos será considerada una falta grave en el marco de eventuales sumarios.

La autoridad técnica será el Departamento de Salud Ocupacional, que podrá apoyarse en el Cuerpo Médico Forense para operativos en el interior de la provincia.

Debate sobre la privacidad, la moral y la función pública

El avance del protocolo se da en paralelo a cuestionamientos que surgieron sobre la posible inconstitucionalidad de la ley. Sin embargo, en el ámbito judicial subrayan que se trata de funcionarios públicos, donde el estándar de privacidad es más flexible que en el ámbito privado.

En ese marco, aparece con fuerza el concepto de moral pública y la exigencia de mayores niveles de transparencia para quienes ejercen funciones clave del Estado.

Así, el Poder Judicial neuquino se suma —con reglas propias— a una política que busca instalar controles sobre el consumo de sustancias en la función pública, en un terreno donde se cruzan derechos individuales, responsabilidades institucionales y la confianza social en la Justicia.

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