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ANMAT prohibió la venta de dos aceites de oliva, una miel y varios productos capilares

La medida afecta a la venta de estos productos en todo el país. El motivo por el que se tomó la medida.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió este lunes, mediante una serie de publicaciones en el Boletín Oficial de la Nación, dos aceites de oliva, una variedad de miel, varios productos capilares y una depiladora láser.

La Disposición 2834/2025 establece la prohibición del uso, la comercialización, publicidad y publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de los productos de la marca Mykonos: mascarilla capital restauración total y brillo extremo, serum anticaída y crecimiento extremo, shampoo anticaída y crecimiento extremo, crema para peinar triple acción, acondicionador anticaída y crecimiento extremos y oro líquido protector térmico y restauración, hasta tanto obtenga su correspondiente registro sanitario.

En su considerando explica que las actuaciones comenzaron ante una denuncia efectuada que llegó a la casilla de correo de Cosmetovigilancia en relación con los productos de la marca MYKONOS.

Al consultar la base de datos de cosméticos inscriptos ante la ANMAT, no hallaron productos de dicha marca cuyos datos correspondan a los denunciados. Así, intervino el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de que se gestionen las bajas de las citadas publicaciones de venta electrónica.

ANMAT prohibió dos aceites de oliva

En la misma línea, mediante la Disposición 2835/2025, un aceite de oliva marca El Riojanito, Variedad Botánica Arauco, Zona de producción: Villa Mazán, La Rioja, RNE N° 12000798; RNPA N° 1205360”. La ANMAT alegó que carece de registros de establecimiento y de producto, y está falsamente rotulado al utilizar números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Tras consultas a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja, comprobaron que los números expuestos en el producto eran inexistentes.

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En consecuencia, se determinó que el producto se encontraba en infracción y establecieron que no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República. Lo mismo sucedió con el aceite de oliva virgen extra marca AO, con origen en la provincia de San Juan.

También prohibieron un equipo de depilación láser

En tercer lugar, a través de la Disposición 2836/2025 la ANMAT dispuso la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en el territorio nacional el equipo de depilación láser “ALMA – SOPRANO TITANIUM” - (SN) 1330120203147DL808V19XZ”.

La resolución sostiene que las actuaciones comenzaron tras una inspección donde personal del Departamento de Control de Mercado se hizo presente en el domicilio de la calle Sarmiento 154 de la ciudad de Salta, sede de funcionamiento de la firma “Odontomundo” propiedad de ODM Salta SAS.

Allí encontraron un equipo de depilación sin datos de fabricante e importador. El responsable aludió que estaba en reparación y que no era de su propiedad.

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Días más tarde, el personal del Departamento de Control de Mercado se hizo presente en sede de la firma “Sirex Médica SA”, titular del producto en el país donde luego de observar fotografías del mismo, el responsable de la firma aseguró que es falsificado.

Por último, prohibieron una miel con base en Río Negro

Finalmente, la Disposición 2838/2025 fijo la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto: “Miel marca La Comarca, elaborado en Calle 7 N° 537 partido de Viedma, provincia de Río Negro.

Las actuaciones comenzaron tras la notificación de la Coordinación Provincial de Salud Ambiental de la provincia de Río Negro.

Posteriormente, la citada Coordinación provincial informó, que realizó una inspección en el domicilio que se exhibe en el rótulo del producto investigado para comprobar la actividad comercial de fraccionamiento y venta de miel, donde constató que se trata de un domicilio particular.

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