Cómo quedó la tabla del Monotributo desde agosto 2024
Tras la sanción de la ley 27.743, así quedó la nueva tabla de escalas correspondiente al pago del monotributo 2024.
En su portal oficial, la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) incluyó la nueva normativa que rige para la flamante tabla de escalas correspondiente al impuesto monotributo, que se aplicará a partir de agosto de 2024.
Cabe recordar que ese organismo define al monotributo como “un régimen para pequeños contribuyentes, que unifica el pago de IVA y Ganancias con los aportes jubilatorios y la obra social. De esta manera, se paga solamente una cuota mensual y agiliza el cumplimiento de las obligaciones tributarias".
Asimismo, la AFIP subraya que "el monto a abonar -en concepto del monotributo- todos los meses dependerá de la categoría asignada en función de los parámetros establecidos para la facturación anual, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los gastos de alquiler del local comercial, si lo hubiera".
¿Cómo quedan las nuevas escalas del monotributo 2024?
Tras la sanción de la ley 27.743, la cuota mensual del monotributo oscilará entre 26.600 pesos –categoría A- hasta 867.084,75 pesos –categoría K/servicios-.
Así lo detalló la AFIP en su sitio oficial, que aclaró que los nuevos valores de aplicación a partir del 1ro de agosto de 2024.
De acuerdo a la facturación máxima anual, así quedó la tabla de escalas correspondiente al monotributo desde agosto de 2024:
- Categoría A: $6,45 millones
- Categoría B: $9,45 millones
- Categoría C: $13,25 millones
- Categoría D: $16,45 millones
- Categoría E: $19,35 millones
- Categoría F: $24,25 millones
- Categoría G: $29 millones
- Categoría H: $44 millones
- Categoría I: $49,25 millones
- Categoría J: $56,4 millones
- Categoría K: $68 millones
Asimismo, se establecieron las cuotas mensuales a pagar por cada monotributista, que incluyen al impuesto, el aporte a la jubilación y salud:
- Categoría A: $26.600
- Categoría B: $30.280
- Categoría C: $35.458 (productos) y $34.658 (servicios)
- Categoría D: $45.443,80 (productos) y $44.343,80 (servicios)
- Categoría E: $58.148,18 (productos) y $64.348,18 (servicios)
- Categoría F: $69.783,00 (productos) y $80.983,00 (servicios)
- Categoría G: $85.296,20 (productos) y $123.696,20 (servicios)
- Categoría H: $170.734,68 (productos) y $280.734,68 (servicios)
- Categoría I: $255.108,55 (productos) y $517.608,55 (servicios)
- Categoría J: $311.931,97 (productos) y $626.931,97 (servicios)
- Categoría K: $377.084,75 (productos) y $867.084,75 (servicios)
Cabe recordar que el monotributo se abona hasta el día 20 de cada mes. En los casos en que caiga feriado o fin de semana, el vencimiento se correrá al primer día hábil siguiente. La cuota incluye el componente impositivo, los aportes a la obra social y a la jubilación.
La AFIP recalca que los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones.
Asimismo, subraya que aquellas personas que podrán adherirse al régimen de monotributista son las que venden productos (cosas muebles); prestan servicios; realizan locaciones de bienes muebles o inmuebles; forman parte de una sucesión indivisa que continúa realizando la actividad de una persona física fallecida que fue monotributista o si integran una cooperativa de trabajo.
Te puede interesar...
Lo más leído
Dejá tu comentario