Cómo se cuentan los 3 años para volver al monotributo 2024
La AFIP establece con precisión de qué modo se cuentan los 3 años para volver a adherirse al monotributo.
De acuerdo al portal oficial de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), existen varios motivos por los que se puede generar la baja del monotributo: "Los principales son por cese de actividades, de oficio, renuncia y exclusión".
Asimismo, la AFIP manifiesta que "la baja del monotributo puede realizarse en cualquier momento. Para evitar la generación de deudas, el mes en el que solicites la baja debe quedar pago. A partir del mes siguiente, la baja se hará efectiva y ya no se abonará el monotributo".
¿Cuánto tiempo debe pasar para volver a ser monotributista?
Según lo mencionado más arriba, de acuerdo al motivo por el que una persona se haya dado de baja del monotributo, debe esperar un lapso de tiempo determinado para volver a darse de alta.
Así, en el caso de renuncia al monotributo, "el contribuyente podrá optar nuevamente por el Monotributo después de transcurridos 3 años calendario posteriores al de renuncia, siempre que la misma se haya producido para inscribirse como responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA), por la misma actividad", puntualiza la AFIP. Y ejemplifica: "Si el contribuyente renunció en junio/2017 podrá volver a adherirse, por la misma actividad, recién en enero/2021".
Si el motivo de la baja fuera por exclusión, "el contribuyente podrá optar nuevamente por el Monotributo después de transcurridos 3 años calendarios posteriores al de dicha exclusión". Ahora bien: si se realiza la baja del monotributo por cese de actividad, una persona podrá volver a adherirse en cualquier momento.
En un artículo publicado en su sitio web, la AFIP establece con precisión los motivos que podrían producir la baja del monotributo:
- Cese de actividades: corresponde al finalizar la actividad por la cual realizó el alta al Monotributo, en este caso podrá volver a realizar la adhesión en el momento que retome la misma u otra actividad dentro del Régimen Simplificado.
- Renuncia: corresponde cuando esté próximo a superar los parámetros permitidos de monotributo o continúe su actividad bajo el Régimen General. Podrá reingresar a Monotributo una vez cumplidos 3 años calendario.
- Exclusión: corresponde al superar los parámetros permitidos de Monotributo o fuese excluido de oficio por esta Administración. Podrá reingresar a Monotributo una vez cumplidos 3 años calendario.
¿Cómo hago para volver a darme de alta en el Monotributo?
Según la AFIP, para volver a darse de alta en el monotributo se deberá "regularizar la situación, mediante la cancelación de las obligaciones pendientes por alguno de los medios de pago habituales o la presentación de un plan de pagos. Una vez pagada la totalidad de la deuda o incorporada a un plan de pagos, se podrá volver a realizar la inscripción en el Monotributo. Este trámite no es automático".
A su vez, la AFIP proporciona un instructivo en su portal para reingresar al monotributo. Para ello, debemos ingresar en el sitio y luego, en la sección servicios web afip, consultar la guía paso a paso que se titula "¿Cómo reingresar al monotributo?".
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